Todos los ciudadanos extranjeros que deseen ingresar al Perú deben portar pasaportes válidamente emitidos por un estado y con una vigencia mínima de 06 meses contados a partir de su ingreso a territorio peruano"- de no contar con dicho requisito la autoridad migratoria peruana no permitirá su ingreso al Perú. Tutti i cittadini stranieri che desiderano entrare in Perù, dovrebbero portare passaporti regolarmente rilasciati dal proprio stato e con una validità minima di 06 mesi, che si contano a partire dal primo ingresso in territorio peruviano. Se questo requisito non viene rispettato, l'autorità migratoria peruviana non permetterà l’entrata in Perù.
Requisitos para obtener visa temporal de turismo o negocios
http://www.consulado.pe/es/roma/tramite/Paginas/visas.aspx
Requisitos sanitarios para ingresar al Perú:
http://www.consulado.pe/es/roma/paginas/avisosinteres.aspx
http://www.consulado.pe/es/roma/Paginas/Informese-sobre-el-Coronavirus.aspx
Visa de Turista (Tourist Visa) y Visa de Negocios (Business Visa)
Para solicitar la Visa por turismo o Visa por negocios (para los extranjeros residentes en Italia en las regiones de Lombardía y Emilia Romagna), deberá completar el siguiente formulario:
http://www.consulado.pe/Documents/visas/fomulario_solicitud_visa.pdf
Visa de Artista, Trabajador Designado, Trabajador Residente, Rentista, profesional Independiente, Estudiante, Religioso, Inversionista e Inmigrante
Para otros tipos de VISAS deberá verificar los requisitos y procedimiento de obtención de Visas a través del siguiente enlace (ed altri, dovrá verificare i requisiti ed informazioni del seguente link):
https://www.migraciones.gob.pe/ y https://www.gob.pe/migraciones
Lista de países que NO requieren visa a ciudadanos peruanos
https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/file/228786/Pa%C3%ADses_que_no_exigen_visa_a_peruanos.pdf
El Consulado General del Perú en Roma NO brinda información oficial respecto de requisitos de ingreso para otros países. Si es peruano residente en Italia y desea viajar a otro país, se recomienda contactar directamente a la autoridad diplomática/consular del Estado a donde desea ir a fin de conocer los requisitos para el ingreso.
Países cuyos nacionales están exonerados de visa para ingresar al Perú
Lista de los países que NO requieren visa a los ciudadanos extranjeros para ingresar al PERÚ (L'elenco dei paesi che NON richiedono un visto per i cittadini stranieri per entrare in Perú):
http://www.consulado.pe/Documents/visas/Requerimientos_de_visa_para_ciudadanos_extranjeros.pdf
Exoneración del requisito de Visa Temporal a los nacionales de los países miembros de la Unión Europea:
"Según Decreto Supremo N° 058-2015-RE- El Peruano, a partir del dia 07 de noviembre de 2015, se dispone exonerar del requisito de visa temporal en las calidades migratorias de estudiante, negocios y periodista a los nacionales de los países miembros de la Unión Europea pertenecientes al Espacio Schengen. (plazo máximo será de noventa (90) días calendario, sea como entrada simple o múltiple durante el plazo de seis meses.
Exoneración del requisito de Visa Temporal a los nacionales de Bulgaria, Croacia, Chipre, Rumania, Islandia, Suiza, Liechtenstein y Noruega
Según Decreto Supremo N° 008-2016-RE, El Peruano, a partir del 12 de febrero de 2016, se dispone exonerar del requisito de visa temporal en las calidades migratorias de estudiante, negocios y periodista a los nacionales de Bulgaria, Croacia, Chipre, Rumanía, Islandia, Suiza, Liechtenstein y Noruega (plazo máximo de estadía de los referidos nacionales en territorio peruano será de noventa 90 días, sea como entrada simple o múltiple durante el plazo de seis meses).
Exoneración del requisito de Visa Temporal a los nacionales de la República Popular China
De acuerdo a lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 069-2016-RE, Diario Oficial El Peruano, a partir del 21 de setiembre de 2016, se exonera del requisito de visa temporal en las calidades migratorias de turista y negocios a los nacionales de la República Popular China, siempre que se acrediten al menos una de las siguientes condiciones:
a) Ser titulares de Visas con una vigencia mínima de seis (06) meses de los Estados Unidos de América, Canadá, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, Australia o en un Estado perteneciente al Espacio Schengen.
b) Tener residencia permanente en los Estados Unidos de América, Canadá, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, Australia o en un Estado perteneciente al Espacio Schengen, (plazo máximo de estadía de los referidos nacionales en territorio peruano será de noventa 180 días, sea como entrada simple o múltiple durante el plazo de seis meses).
Exoneración del requisito de Visa Temporal a los Extranjeros que cuenten con residencia permanente en la República de Chile, la República de Colombia o los Estados Unidos Mexicanos
De acuerdo a lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 061-2016-RE, publicado en el Diario Oficial El Peruano, a partir del 24 de julio de 2016, se exonera del requisito de visa temporal en las calidades migratorias de turista a los extranjeros que cuenten con residencia permanente en la República De Chile, La República de Colombia o en Los Estados Unidos Mexicanos.
Exoneración del requisito de Visa Temporal a los nacionales de la República de la India
De acuerdo a lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 006-2017-RE, Diario Oficial El Peruano, a partir del 16 de febrero de 20171 de setiembre de 2016, se exonera del requisito de visa temporal en las calidades migratorias de turista y de negocios para el ingreso al Perú, a los nacionales de la República de la India, titulares de pasaportes ordinarios válidos y vigentes, siempre que se acrediten al menos una de las siguientes condiciones:
a) Ser titulares de visas con una vigencia mínima de seis (6) meses de los Estados Unidos de América, Canadá, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, Australia o de un Estado perteneciente al Espacio Schengen.
b) Tener residencia permanente en los Estados Unidos de América, Canadá, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, Australia o en un Estado perteneciente al Espacio Schengen.
El plazo máximo de estada será de hasta ciento ochenta (180) días calendario, sea como visita continua o varias visitas consecutivas, durante el plazo de un año.
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Para reservar una cita, ir a la sección Citas – Trámites Consulares de nuestra página web: http://www.consulado.pe/es/roma/Paginas/citas-consulares.aspx
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