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Al momento de realizar el control migratorio de ingreso y salida del país de toda persona: 

  • Presentación del carnet de vacunación: ya no es necesaria
  • Presentación de la prueba molecular negativa de COVID-19: ya no es necesaria
  • LLenado de la "Declaración jurada electrónica de salud del viajero y Autorización de Geolocalización" antes solicitada por el MINSA: ya no es necesaria.

Al momento dell'effettuazione del controllo migratorio di ingresso e uscita dal Paese di qualsiasi persona: 

  • Presentazione della tessera di vaccinazione: non è più necessaria
  • Presentazione del test molecolare negativo del COVID-19: non più necessario
  • Compilazione della “Dichiarazione giurata elettronica di salute del viaggiatore e Autorizzazione di Geolocalizzazione” precedentemente richiesta dalla MINSA: non è più necessaria.

 Base legal

1.- El 27 de octubre de 2022 se publicó el Decreto Supremo N° 130-2022-PCM, "Decreto Supremo que deroga el Decreto Supremo N° 016-2022-PCM, mediante el cual se declara Estado de Emergencia Nacional por las circunstancias que afectan la vida y salud de las personas como consecuencia de la COVID-19 y establece nuevas medidas para el restablecimiento de la convivencia social, sus prórrogas y modificaciones".

2.- Al respecto, en su artículo 1° se dispone la derogación del "Decreto Supremo N° 016-2022-PCM, Decreto Supremo que declara Estado de Emergencia Nacional por las circunstancias que afectan la vida y salud de las personas como consecuencia de la COVID-19 y establece nuevas medidas para el restablecimiento de la convivencia social; así como, los Decretos Supremos N° 030-2022-PCM, N° 041-2022-PCM, N° 058-2022-PCM, N° 063-2022-PCM, N° 069-2022-PCM, N° 076-2022-PCM, N° 092-2022-PCM, N° 108-2022-PCM y N° 118-2022- PCM los cuales disponen sus prórrogas y modificaciones."

3.- Por otro lado, se remite la Resolución Ministerial N° 811-2022/MINSA del 11 de octubre de 2022, mediante la cual se deroga el Anexo N° 1, Declaración Jurada electrónica de salud del viajero y compromiso para comunicar a la autoridad de salud, de la Guía Técnica para la prevención y control de la COVID-19 en viajeros que ingresan y salen del país durante la emergencia sanitaria.

4.- Dicha normativa en su artículo 2°, deja sin efecto las disposiciones relativas al llenado, suscripción, presentación o registro del formulario "Declaración jurada electrónica de salud del viajero y Autorización de Geolocalización", y de su Anexo N° 1, Declaración Jurada electrónica de salud del viajero y compromiso para comunicar a la autoridad de salud, contenidas en la Guía Técnica para la prevención y control de la COVID - 19 en viajeros que ingresan y salen del país durante la emergencia sanitaria.

Roma, 11 de noviembre del 2022

Fecha de Publicación: 11/11/2022
  

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Medidas sanitarias para ingresar al Perú a partir del 1 de julio de 2022 

  • Los peruanos y extranjeros residentes en el Perú, mayores de 18 años, cuyo destino final sea el territorio nacional, en calidad de pasajeros e independientemente del país de procedencia, deberán acreditar haberse aplicado las tres (3) dosis de vacunación contra la COVID-19 en el Perú o en el extranjero.
  • Las personas de 12 a 17 años deberán acreditar haberse aplicado la primera y segunda dosis de vacunación contra la COVID-19 en el Perú o en el extranjero.
  • Los extranjeros no residentes en el Perú, cuyo destino final sea el territorio nacional en calidad de pasajeros e independientemente del país de procedencia, deben contar con la vacunación de acuerdo al esquema de su país de origen
  • Como alternativa a la acreditación de su vacunación, toda persona podrá presentar una prueba molecular negativa con fecha de resultado no mayor a 48 horas antes de abordar en su punto de origen.
  • Las personas menores de 12 años solo requieren estar asintomáticas para abordar.
  • Aquellas personas que muestren síntomas al arribar al territorio nacional ingresarán a aislamiento obligatorio, según regulaciones sobre la materia.
  • La Autoridad Sanitaria Nacional se encuentra facultada para la toma de pruebas diagnósticas para la COVID-19 a los pasajeros que arriben al país, estableciendo las medidas sanitarias complementarias para los casos positivos.
  • Los viajeros deben llenar la "Declaración Jurada de Salud y Autorización de Geolocalización" https://djsaludviajero.minsa.gob.pe/dj-salud/ dentro de 72 horas previas al viaje.


Muy importante: Visite esta página: 

https://www.gob.pe/8736-coronavirus-informacion-para-viajeros

Si tienes dudas y desea hacer una consulta, comunícate a la línea gratuita 113, envía un mensaje de Whatsapp al +51 952842623 o escribe al correo infosalud@minsa.gob.pe para que el personal del Ministerio de Salud pueda orientarte. 

Ver texto completo del Decreto Supremo Nº 069-2022-PCM

https://busquedas.elperuano.pe/normaslegales/decreto-supremo-que-modifica-el-numeral-44-del-articulo-4-d-decreto-supremo-n-069-2022-pcm-2076849-2/​

Italiano

Misure sanitarie per l'ingresso in Perù dal 1 luglio 2022

  • I peruviani e gli stranieri residenti in Perù, di età superiore ai 18 anni, la cui destinazione finale è il territorio nazionale, in qualità di passeggeri e indipendentemente dal paese di origine, devono dimostrare di aver ricevuto le tre (3) dosi di vaccino contro il COVID-19, in Perù o all'estero.
  • Le persone di età compresa tra 12 e 17 anni devono dimostrare di aver ricevutola prima e la seconda dose di vaccino contro il COVID-19, in Perù o all'estero.
  • Gli stranieri non residenti in Perù, la cui destinazione finale è il territorio nazionale, in qualità di passeggeri e indipendentemente dal paese di origine, devono essere vaccinati secondo lo schema del loro paese di origine.
  • In alternativa alla presentazione del certificato vaccinale, è possibile esibire un test molecolare negativo con una data di esito non superiore a 48 ore prima dell'imbarco nel proprio punto di origine.
  • Le persone di età inferiore ai 12 anni potranno salire a bordo solo in assenza di sintomi.
  • Le persone che manifestano sintomi all'arrivo nel territorio nazionale entreranno in isolamento obbligatorio, conformemente a quanto disposto dalle normative
  • L'Autorità sanitaria nazionale può effettuare test diagnostici per COVID-19 ai passeggeri in arrivo nel Paese e di stabilire misure sanitarie complementari per i casi positivi.
  • I viaggiatori devono compilare la "Dichiarazione giurata di autorizzazione sanitaria e di geolocalizzazione" https://djsaludviajero.minsa.gob.pe/dj-salud/​ entro 72 ore prima del viaggio.

Molto importante. Consulta questa pagina: 

https://www.gob.pe/8736-coronavirus-informacion-para-viajeros​

Se hai dubbi e hai bisogno di informazioni, chiama il numero verde 113, invia un messaggio Whatsapp al +51 952842623 o scrivi a infosalud@minsa.gob.pe per ricevere assistenza dal personale del Ministero della Sanità. Consulta il testo integrale del Decreto Supremo n. 069-2022-PCM

https://busquedas.elperuano.pe/normaslegales/decreto-supremo-que-modifica-el-numeral-44-del-articulo-4-d-decreto-supremo-n-069-2022-pcm-2076849-2/

Video tutorial

https://www.facebook.com/watch/?v=353373159312440

https://www.youtube.com/watch?v=4RnCRGSuI5Q

https://www.youtube.com/watch?v=QMFmoH5K8VU

Inglese: come compilare il modulo sanitario del Perù

https://www.youtube.com/watch?v=-YGJJHoqbTk

Fecha de Publicación: 01/06/2022
  

*Certificado de vacunación o Prueba molecular*

Los pasajeros del servicio de transporte interprovincial terrestre mayores de 12 años residentes y no residentes, solo pueden abordar si acreditan su dosis completa de vacunación en el Perú y/o en el extranjero, y la dosis de refuerzo para mayores de 40 años en el caso de personas que residan en el país y que se encuentren habilitadas para recibirla, según protocolo vigente; o, en su defecto, pueden presentar una prueba molecular negativa con fecha de resultado no mayor a 48 horas antes de abordar.48 horas antes de abordar en su punto de origen.

*Pruebas moleculares obligatorias*

Se faculta a la Autoridad Sanitaria Nacional para la toma de pruebas moleculares (PCR) a los pasajeros que arriben al país, estableciendo las medidas sanitarias complementarias para los casos positivos entre los procedentes de países con casos de infección comunitaria por las variantes de preocupación de la COVID-19, o que hayan realizado escala en estos lugares.

*Declaración Jurada *

Los viajeros, al ingresar al país, deben llenar la "Declaración Jurada de Salud y Autorización de Geolocalización" https://djsaludviajero.minsa.gob.pe/dj-salud/

*Uso de mascarilla*

Es obligatorio el uso de una mascarilla KN95, o en su defecto una mascarilla quirúrgica de tres pliegues y encima de esta una mascarilla comunitaria (tela), para circular por las vías de uso público y en lugares cerrados.

*Vacunación obligatoria para ingresar a lugares cerrados*

Los mayores de 18 años que deseen ingresar a espacios cerrados tienen que presentar su carné físico o virtual que acredite haber completado su vacunación contra la COVID-19, además de usar mascarilla de manera permanente. Para el caso de restaurantes o similares la(s) mascarilla(s) puede(n) ser retirada(s) sólo al momento de ingerir los alimentos.

*Indicaciones para el transporte aéreo durante el estado de emergencia*

Ver detalles aquí:

https://www.gob.pe/11165-indicaciones-para-el-transporte-aereo-durante-el-estado-de-emergencia

*“Lineamientos Sectoriales para la prevención de la COVID-19 en la Prestación del Servicio de Transporte Aéreo de Pasajeros y Carga" *

Mediante la Resolución Ministerial N° 1195-2021-MTC/01, se aprobaron los “Lineamientos Sectoriales para la prevención de la COVID-19 en la Prestación del Servicio de Transporte Aéreo de Pasajeros y Carga, en concordancia con la Guía Técnica de Salud, aprobada mediante Resolución Ministerial N° 780-2021/MINSA del Ministerio de Salud, modificada con la Resolución Ministerial N° 831-2021/MINSA y posteriores normas sanitarias sobre el ingreso al territorio nacional mediante varios Decretos Supremos.

https://www.gob.pe/institucion/mtc/normas-legales/2470324-1195-2021-mtc-01

*Ver norma Decreto Supremo N° Nº 016-2022-PCM*

https://busquedas.elperuano.pe/normaslegales/decreto-supremo-que-declara-estado-de-emergencia-nacional-po-decreto-supremo-n-016-2022-pcm-2043125-2/​

Fecha de Publicación: 28/02/2022
  

*Certificado de vacunación o Prueba molecular*

Los peruanos, extranjeros residentes y extranjeros no residentes de 12 años a más cuyo destino final sea el territorio nacional, en calidad de pasajeros e independientemente del país de procedencia, deben acreditar el haber completado, en el Perú y/o el extranjero, su esquema de vacunación contra la COVID-19; en su defecto, pueden presentar una prueba molecular negativa con fecha de resultado no mayor a 48 horas antes de abordar en su punto de origen.

Los menores de doce años sólo requieren estar asintomáticos para abordar.

*Cuarentena obligatoria*

Aquellas personas que muestren síntomas al arribar a territorio nacional ingresan a aislamiento obligatorio, según regulaciones sobre la materia.

*Pruebas moleculares obligatorias*

Se faculta a la Autoridad Sanitaria Nacional para la toma de pruebas moleculares (PCR) a los pasajeros que arriben al país, estableciendo las medidas sanitarias complementarias para los casos positivos entre los procedentes de países con casos de infección comunitaria por las variantes de preocupación de la COVID-19, o que hayan realizado escala en estos lugares.

*Declaración Jurada *

Los viajeros, al ingresar al país, deben llenar la "Declaración Jurada de Salud y Autorización de Geolocalización" https://djsaludviajero.minsa.gob.pe/dj-salud/

*Uso de mascarilla*

Es obligatorio el uso de una mascarilla KN95, o en su defecto una mascarilla quirúrgica de tres pliegues y encima de esta una mascarilla comunitaria (tela), para circular por las vías de uso público y en lugares cerrados.

*Vacunación obligatoria para ingresar a lugares cerrados*

Los mayores de 18 años que deseen ingresar a espacios cerrados tienen que presentar su carné físico o virtual que acredite haber completado su vacunación contra la COVID-19, además de usar mascarilla de manera permanente. Para el caso de restaurantes o similares la(s) mascarilla(s) puede(n) ser retirada(s) sólo al momento de ingerir los alimentos.

*Indicaciones para el transporte aéreo durante el estado de emergencia*

Ver detalles aquí:

https://www.gob.pe/11165-indicaciones-para-el-transporte-aereo-durante-el-estado-de-emergencia

*“Lineamientos Sectoriales para la prevención de la COVID-19 en la Prestación del Servicio de Transporte Aéreo de Pasajeros y Carga" *

Mediante la Resolución Ministerial N° 1195-2021-MTC/01, se aprobaron los “Lineamientos Sectoriales para la prevención de la COVID-19 en la Prestación del Servicio de Transporte Aéreo de Pasajeros y Carga, en concordancia con la Guía Técnica de Salud, aprobada mediante Resolución Ministerial N° 780-2021/MINSA del Ministerio de Salud, modificada con la Resolución Ministerial N° 831-2021/MINSA y posteriores normas sanitarias sobre el ingreso al territorio nacional mediante varios Decretos Supremos

https://www.gob.pe/institucion/mtc/normas-legales/2470324-1195-2021-mtc-01

*Ver norma Decreto Supremo N° 005-2022-PCM*

https://www.gob.pe/institucion/pcm/normas-legales/2723437-010-2022-pcm

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Fecha de Publicación: 16/02/2022
  

El Consulado no puede emitir un certificado de vacunación ni una certificación de la vacuna que usted recibió en el Perú porque no es parte del sistema de salud pública del Perú. 

No obstante, le podemos dar alguna información que podría serle de ayuda: 

a) Usted puede descargar su certificado de vacunación oficial de esta página web del Ministerio de Salud del Perú, usando los datos de su DNI:

https://gis.minsa.gob.pe/carnevacunacion/

https://gis.minsa.gob.pe/CarneVacunacion/?fbclid=IwAR2Gnwz4rhBWuVHIylq13zFD37ME7xotjVVvKfJLW9H8NLPi5VtSjZaXQq0

b) La conversión del certificado de vacunación peruano a Green Pass italiano se solicita ante la ASL (empresa de salud local) y es posible sólo para las vacunas reconocidas por el EMA. Abra estos enlaces para acceder a información oficial:

https://www.ema.europa.eu/en.

https://www.dgc.gov.it/web/faq.html#pvaccinatestero (Información para vacunados en el extranjero:)

En resumen usted debe acudir directamente a la ASL de su localidad para informarse debidamente.

Fecha de Publicación: 04/02/2022
  

En cumplimiento de la normativa italiana, a partir del 1 de febrero de 2022, para ingresar a esta Oficina Consular, se requerirá presentar:


a) El Certificado de Vacunación (Green Pass) o, en su defecto,

b) El Certificado Médico de haberse curado del COVID-19 o, en su defecto,

c) Un resultado negativo de prueba al COVID-19 emitido por una entidad competente como máximo 72 horas antes de la fecha y hora de su cita.


También se aceptará el Certificado de Vacunación (2 dosis) al COVID-19 emitido por autoridad peruana.

https://carnetvacunacion.minsa.gob.pe/​


En el marco de la actual Pandemia COVID-19 y en salvaguarda de la salud del público que asiste a este Consulado General y del personal consular NO SE HARÁN EXCEPCIONES.

Fecha de Publicación: 24/01/2022
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