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Poderes

La tramitación de un Poder es la forma legal a través del cual una persona otorga determinadas facultades a otra, para que esta actúe en su representación y pueda realizar ciertas actividades con consecuencias jurídicas para quien otorga el poder.

Los poderes otorgados en las Oficinas Consulares son válidos ante autoridades peruanas, por ello deben ser otorgados en los términos y forma que estas lo determinen.  Existen tres tipos de poderes: poder por Escritura Pública, poder fuera de registro y las denominadas Carta Poder.

El poder por Escritura Pública se utiliza para disponer de bienes o derechos, por ejemplo: comprar – vender inmuebles o vehículos, rectificación de partidas de nacimiento a solicitud de parte, administración de inmuebles, juicios de cualquier tipo, entre otros. No tiene vigencia establecida, salvo que el poderdante lo estipule en el documento.

El Poder Fuera de Registro es similar a la carta poder y se utiliza mayormente para cobros de dinero de pensiones (alimentos, viudez, cesantías, jubilaciones, orfandad); cobros de dinero entre media UIT a tres UIT (valor UIT en el 2019 es S/. 4,200.00 s​oles; rectificaciones de oficio de partidas de nacimientos (según la Municipalidad), entre otros. Tiene 1 año de vigencia.

La Carta Poder o Poder Simple es un instrumento sin mayor formalidad que otorga facultades simples a un apoderado. La acción del Cónsul consiste en legalizar la firma del otorgante por lo que la carta debe ser firmada en el Consulado. Frecuentemente se utiliza para trámites ante municipalidades, colegios, servicios de agua, luz, telefonía, entre otros. Por lo general la entidad ante quien se presenta se queda el documento, es por esto que se utiliza una sola vez. Tiene 3 meses de vigencia.​

Conozca acá los requisitos, costos y pasos a seguir para cada caso:









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Central Telefónica:
604-662-8880 (si desea una cita, por favor revise los requisitos y procedimientos para sacar una cita según el trámite que desea realizar)
Emergencias:
604-416-5140 (no se atiende consultas, trámites o citas. Solo emergencias en las que haya un riesgo a la vida o la integridad personal o situaciones graves de desamparo derivadas de extravío de documentación, accidentes, desastres naturales, entre otros).
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