De acuerdo a la Ley del Notariado y el Reglamento Consular del Perú, los cónsules pueden emitir constancias o certificaciones a solicitud del interesado sobre temas muy diversos. En tal sentido, la función de los cónsules es dar fe pública sobre hechos o situaciones que puedan constatar directa y personalmente. Pueden constatar que una persona vive, que es un hecho, y por lo tanto emitir una constancia de supervivencia. Pueden también constatar una situación jurídica, por ejemplo que una persona tiene el estado civil de divorciado, verificando documentos formales, o consultando bases de datos de acceso oficial para el consulado.
Es de resaltar que lo anterior significa también que el cónsul no puede certificar hechos que no le consten o no pueda verificar directa y personalmente. Tampoco puede emitir constancia sobre la situación jurídica de una persona sin estar plenamente convencido de ello.
En el listado siguiente podrá consultar los procedimientos para los certificados más frecuentes y sus requisitos. Se hace presente que el funcionario consular podrá solicitar, en algunos casos, mayor información y documentos que puedan generarle convicción.
Nota para trámites migratorios de peruanos en Canadá: De acuerdo a la página del Departamento de Inmigración, Refugiados y Ciudadanía de Canadá, los ciudadanos peruanos pueden presentar sólo el Certificado Unico Laboral (traducido al inglés). Si no es ciudadano peruano pero ha vivido en el Perú, es posible que deba presentar su certificado de antecedentes penales, policiales y judiciales por separado. Mayor información en:
IRCC - Peru
El Certificado Unico Laboral es gratuito y puede ser obtenido en el siguiente vínculo:
https://www.empleosperu.gob.pe/CertificadoUnicoLaboral/