Remita la solicitud y los requisitos en un sobre cerrado dirigido a:
Una vez legalizada la firma del notario en la carta poder, ésta le será enviada por correo.
Antes de que esta Carta Poder pueda ser utilizada por su apoderado, la firma del funcionario diplomático firmante deberá ser legalizada en el
Ministerio de Relaciones Exteriores o sus oficinas desconcentradas.