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El Consulado General del Perú en Washington D.C. informa a la opinión pública que con fecha 29 de noviembre de 2021, la Presidencia del Consejo de Ministros promulgó el Decreto Supremo 174-2021-PCM en donde se especifican los siguientes requisitos sanitarios para ingresar al Perú:

1) Se suspende hasta el doce de diciembre, el ingreso al país de extranjeros no residentes de procedencia de la República de Sudáfrica; o que hayan realizado escala en dicho lugar en los últimos catorce (14) días calendario.
2) Se señala que los connacionales y extranjeros residentes que ingresen al territorio nacional, provenientes de la República de Sudáfrica, o que hayan realizado escala en dicho lugar, realizarán cuarentena obligatoria en su domicilio, hospedaje u otro centro de aislamiento temporal por un periodo de catorce (14) días calendario, contados desde el arribo al territorio nacional.
3) Toda persona que ingrese a territorio nacional, en calidad de pasajeros e independientemente del país de procedencia, debe acreditar el haber completado la dosis de vacuna contra la COVID-19, en el Perú y/o en el extranjero, catorce (14) días antes de abordar en su punto de origen; en su defecto, se puede presentar una prueba molecular (PCR) negativa con fecha de resultado no mayor a 72 horas antes de abordar en su punto de origen. Los menores de doce años sólo requieren estar asintomáticos para abordar.
Atentamente.
Consulado General del Perú en Washington D.C.
Fecha de Publicación: 30/11/2021
  
 

​Se informa a la comunidad peruana que toda persona que desee viajar al Perú debe cumplir con

presentar a la aerolínea correspondiente el resultado negativo de su prueba RT-PCR o Antígena de

descarte de Covid-19. En cuanto a la vigencia máxima de las pruebas de descarte, la Resolución

Ministerial N°. 831-2021/MINSA establece lo siguiente:

Prueba RT-PCR: resultado negativo que no supere las 72 horas de emitido

Antígeno: resultado negativo que no supere las 24 horas de emitido

Para el caso de niños menores de 12 años sólo será necesario presentar un certificado médico de buena

salud.

Las personas que hayan superado la enfermedad en el periodo de hasta 3 meses previos al viaje, deben

presentar un documento sanitario del país de procedencia que acredite la condición de alta de la COVID-

19.

Las personas con síntomas no podrán viajar.

Asimismo, los viajeros deben completar, dentro de las 72 horas previas a su viaje, la “Declaración

Jurada Electrónica de Salud y Autorización de Geolocalización”, disponible en la página web de la

Superintendencia Nacional de Migraciones del Perú: https://e-notificacion.migraciones.gob.pe/dj-salud/

Se recuerda la obligación de observar las disposiciones sanitarias para evitar contagios, tales como

mantener la distancia social, utilizar mascarilla, así como protector o escudo facial (face shield) en todo

momento.

Washington D.C, 10 de julio de 2021.​

 
Fecha de Publicación: 29/03/2021
  

PROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR LA EXENCIÓN DE PAGO DE TARIFA POR CONCEPTO DE RENOVACIÓN DE VISADO 



Fecha de Publicación: 26/03/2020
  

​Estimados connacionales,

Les informamos que el Servicio de Ciudadanía y Migración estadounidense (USCIS) ha habilitado un formulario especial a través del cual ciudadanos extranjeros pueden aplicar a una extensión de su permiso de visado o permanencia en este país, en el contexto de la propagación del COVID19 y las medidas de cierre de fronteras que se vienen adoptando internacionalmente.
La información correspondiente se puede revisar en el siguiente enlacehttps://www.uscis.gov/visit-united-states/extend-your-stay

 

Fecha de Publicación: 20/03/2020
  

El Consulado General del Perú en Washington D.C. informa a la Comunidad peruana que debido al desarrollo de la pandemia de Coronavirus (COVID-19) y en seguimiento a las medidas adoptadas por las autoridades federales y locales, se suspende la atención consular programada para el sábado 21 de marzo de 2020.

Asimismo, como se ha venido anunciando, en el local consular se atenderá
solamente aquellos casos que revistan una emergencia o urgencia comprobada.
A efecto de coordinar tal atención se agradecerá se nos pueda contactar a través del
celular y correo electrónico activados específicamente para estos casos:


 - (202) 230-9992
 - consulado@conperdc.org


En estos casos, el acceso será permitido única y exclusivamente a las personas
que necesiten realizar dicho trámite, sin acompañantes.

 
Washington D.C., 16 de marzo de 2020.

 

Fecha de Publicación: 16/03/2020
  

Comunicado No. 3

Empadronamiento de ciudadanos que se encuentren en la jurisdicción de este
Consulado General y que no pueden retornar al Perú debido a
las medidas adoptadas para combatir el COVID-19

 

Con relación a las medidas adoptadas por el Gobierno peruano para hacer frente al
brote de Coronavirus (COVID-19) en nuestro país, en particular las vinculadas al cierre
de fronteras a partir de las 23:59 horas del día 16 de marzo; mucho se agradecerá que
nuestros connacionales que se encuentren en el Distrito de Columbia o los Estados de
Virginia, Maryland, Kentucky, Delaware o West Virginia y que no pueden retornar al
Perú debido a las referidas medidas, se registren en el link “Empadrónese” que puede
ubicar en el enlace www.consulado.pe .
Al respecto, la Cancillería del Perú ha establecido los siguientes requisitos:
 Ser ciudadano peruano.
 Tener residencia habitual en el Perú. 
 Encontrarse de visita en los EEUU por un corto plazo.
 Estar retenido en los EEUU como consecuencia de la decisión del Gobierno
peruano de cerrar sus fronteras al ingreso de personas desde el exterior. 
 La fecha prevista de su vuelo de regreso al Perú sea entre el lunes 16 y el
martes 31 de marzo de 2020.
 Contar con el boleto de regreso al Perú, que haya sido comprado antes del
lunes 16 de marzo de 2020.
Para mayor información sobre este tema, mucho se agradecerá consultar la página
web, el Facebook y el Aplicativo de este Consulado General.
Asimismo, se recuerda a nuestros connacionales que para los casos de estricta
urgencia o emergencia, se tienen activados la línea celular (202) 230-9992 y el correo
electrónico consulado@conperdc.org ; los mismos que se encuentran a su
disposición.

 

Washington D.C., 16 de marzo de 2020.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Fecha de Publicación: 16/03/2020
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