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Nuevos requisitos para la recuperación de la nacionalidad peruana

 

El artículo 3 del Decreto Supremo N° 004-2023-IN ha modificado los artículos 28°, 29° y 30° del Reglamento de la Ley de la Nacionalidad (Decreto Supremo N° 004-97-IN), estableciendo el procedimiento de Recuperación a la Nacionalidad peruana, el cual puede ser tramitado desde las oficinas consulares en el exterior.

 

Asimismo, mediante el Decreto Supremo Nº 008-2023-IN se aprobó el nuevo Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Superintendencia Nacional de Migraciones, detallando el procedimiento PA3500B035, que se refiere a la recuperación de la nacionalidad peruana.

Para las solicitudes de recuperación de la nacionalidad peruana en las oficinas consulares, se deben cumplir los siguientes requisitos:

  1. Declarar su voluntad de recuperar la nacionalidad peruana, expresada en una solicitud escrita dirigida a la Superintendencia Nacional de Migraciones.
  2. Presentar el formulario PA (gratuito), conforme al documento adjunto. Este documento puede ser igualmente obtenido en la Agencia Virtual de Migraciones (www.gob.pe/migraciones) o en su misma sede. El formulario se encuentra al final de esta página.
  3. Presentar recibo de pago por derecho de trámite, Tributo N° 07564 - FORMULARIO PA NACIONALIDAD, a través de la plataforma Págalo.pe
  4. Presentar copia certificada del acta o partida de nacimiento de la persona solicitante emitida por la autoridad peruana, sin importar su antigüedad.
  5. Presentar copia simple del pasaporte. Puede presentar, igualmente, la copia simple de la cédula de identidad de extranjero o documento análogo vigentes, reconocidos como documento de identidad de conformidad a las normas o instrumentos internacionales de los que el Perú es parte.
  6. Presentar declaración jurada sobre el domicilio real, de carecer de antecedentes penales, judiciales y policiales en el Perú y el exterior, conforme al modelo que se encuentra al final de esta página.

El requisito 5 se aplica si el solicitante no ha obtenido una nueva nacionalidad después de renunciar a la peruana o en casos de apatridia.

El trámite es personal y no admite intervención de apoderado.

Los las imágenes de los requisitos antes enumerados deben ser enviados al correo consulado@conperdc.org para su evaluación y posterior coordinación de la cita para la entrega do los documentos físicos.

MUY IMPORTANTE: La entidad responsable de la evaluación de solicitudes de recuperación de la nacionalidad peruana es la Superintendencia Nacional de Migraciones – SUNARP. El Ministerio de Relaciones Exteriores SÓLO actúa como intermediario cuando dichas solicitudes se realizan desde el extranjero.

La Superintendencia Nacional de Migraciones inicia el procedimiento administrativo para obtener el Título de Recuperación de la Nacionalidad peruana en un plazo máximo de treinta (30) días hábiles.

Luego, dicho título es emitido por el Ministerio del Interior a través de la Cancillería y entregado en la oficina consular para la firma y la impresión dactilar del solicitante.

Finalmente, el ciudadano recuperado podrá solicitar la habilitación de su DNI al RENIEC, a través de las oficinas consulares en el exterior, cumpliendo los requisitos establecidos por dicho registro.

Para mas información, se agradecerá ingresar al siguiente enlace: 

https://www.gob.pe/12585-solicitar-la-recuperacion-de-la-nacionalidad-peruana​

FORMULARIOS:


Declaracion Jurada​


Formulario​ PA​


Modelo Solicitud​












Central Telefónica:
(202) 990-5400 (La atención telefónica solo se realizará de lunes a viernes de 2:30 pm a 4:30 pm)
Emergencias:
(202) 230-9992 SOLO EMERGENCIAS (No se dará información sobre trámites o consultas que no sean emergencias)
Fax:
1(202) 900-5912
Correo Electrónico:
consulado@conperdc.org
Horario de Atención:
De Lunes a Viernes de 08:30 AM - 1:00 PM (Para tramites: Solo con cita) (Para recoger documentos: Sin cita)
Puede usar los siguientes correos solo para consultas. No se realizan citas por correo electronico ni por telefono: pasaporte@conperdc.org; dni@conperdc.org; permisos@conperdc.org; poderes@conperdc.org; registros@conperdc.org; visas@conperdc.org