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 Asistencia Consular

Responsable: Dirección de Protección y Asistencia al Nacional.

El Estado peruano protege y defiende los derechos fundamentales de sus nacionales, tanto dentro como fuera del Perú. Al respecto, el Ministerio de Relaciones Exteriores es el encargado de cumplir con esta función a través de sus Oficinas Consulares, las que velan por la observancia de dichos derechos en el exterior, en concordancia con los Acuerdos Internacionales, las normas del país de acogida y la legislación peruana

Las políticas de protección y asistencia a los peruanos en el exterior son aplicadas tanto para aquellos que se encuentran en situación migratoria regular como irregular y provee también, para los connacionales en situación de emergencia, el auxilio que se requiere a fin de salvaguardar su integridad.

Entre las principales funciones de asistencia consular se encuentran:
Central Telefónica:
(202) 990-5400 (La atención telefónica solo se realizará de lunes a viernes de 2:30 pm a 4:30 pm)
Emergencias:
(202) 230-9992 SOLO EMERGENCIAS (No se dará información sobre trámites o consultas que no sean emergencias)
Fax:
1(202) 900-5912
Correo Electrónico:
consulado@conperdc.org
Horario de Atención:
De Lunes a Viernes de 08:30 AM - 1:00 PM (Para tramites: Solo con cita) (Para recoger documentos: Sin cita)
Puede usar los siguientes correos solo para consultas. No se realizan citas por correo electronico ni por telefono: pasaporte@conperdc.org; dni@conperdc.org; permisos@conperdc.org; poderes@conperdc.org; registros@conperdc.org; visas@conperdc.org