El Consulado del Perú no otorga directamente la calidad migratoria de intercambio.
La institución u organismo en el Perú, deberá comunicarse con la “Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú” (
http://www.rree.gob.pe/SitePages/home.aspx) y solicitar la visa respectiva, ante la oficina de la Dirección de Política Consular.
Lista de documentos a presentar en el Consulado cuando ha recibido la autorización respectiva, en originales y fotocopias:
- Llenar el formulario de solicitud de visa DGC-005.
- Presentación de un pasaporte con una vigencia mínima de seis (06) meses contados desde su ingreso al territorio nacional. Reglamento de la Ley de Migraciones, Artículo 24°, inciso a.
- Una fotografía formato de identidad (reciente, a color con fondo blanco, sin anteojos y superficie lisa).
- Pasaje ida y vuelta o la continuación del viaje (boleto, ticket electrónico o reserva).
- Antes de presentarse en las oficinas del Consulado, sírvase leer atentamente y verificar que cuenta con todos los requisitos necesarios para presentar el expediente de visa y el número de referencia de la autorización otorgada por las autoridades Peruanas.
Nota
Relaciones Exteriores otorga esta calidad en los siguientes supuestos:
- A quienes el Estado Peruano le reconoce tal calidad en virtud de los tratados y convenios internacionales de los cuales el Perú es parte, de intercambio cultural o de investigación u otros, y que se rige por los referidos instrumentos internacionales y disposiciones especiales.
- A quienes en virtud a los referidos instrumentos internacionales, ingresan al territorio nacional para realizar estudios, actividades bajo modalidades formativas laborales, dictado de cursos o seminarios así como otras actividades académicas o educativas enmarcadas dentro del ámbito educativo, científico, cultural y otras similares.
Tiempo de obtención: 30 días.
Costo de visa: Establecido por las autoridades peruanas.
Formulario: Formulario de Visa - DGC-005