El Consulado del Perú no otorga directamente la calidad migratoria de cooperante.
La institución u organismo en el Perú deberá comunicarse con el “Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú” y solicitar la visa respectiva, ante la oficina de la Dirección de Política Consular.
https://www.gob.pe/es/institucion/rree/tema/visa
Cuando se haya recibido la autorización respectiva, el interesado deberá solicitar una cita para la emisión de la misma al correo visas@conper.fr adjuntado los documentos siguientes y señalando el número de referencia de la autorización otorgada por las autoridades peruanas:
- Formulario de solicitud de visa DGC-005 debidamente llenado.
- Copia del pasaporte con una vigencia mínima de seis (06) meses contados desde su ingreso al territorio nacional (Reglamento de la Ley de Migraciones, Artículo 24°, inciso a).
- Reserva de pasaje ida y vuelta o continuación del viaje.
- Una fotografía tamaño identidad en formato JPG (reciente, a color con fondo blanco, sin anteojos y en superficie lisa).
NOTA:
El Ministerio de Relaciones Exteriores otorga esta calidad en los siguientes supuestos:
- A quienes el Estado Peruano reconoce tal calidad en virtud de tratados y convenios internacionales de los cuales el Perú es parte, de cooperación gubernamental o no gubernamental, como expertos o voluntarios.
- A los miembros de las Entidades e Instituciones de Cooperación Técnica Internacional constituidas en el extranjero inscritas en el Registro de ENIEX, a cargo de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI) y que se rigen por disposiciones especiales.
- A quienes ingresan al territorio nacional para realizar actividades de carácter asistencial dentro del marco de la asistencia social o ayuda humanitaria o en casos de desastres naturales, previa evaluación de la documentación que acredite el desempeño de dicha actividad.
Tiempo de obtención: 15 días.
Costo de visa: Establecido por las autoridades peruanas.
Formulario: Formulario de Visa - DGC-005