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Requisitos Especiales

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  • Si uno de los padres, del menor ha fallecido, adjuntará copia certificada del Acta de Defunción correspondiente.
  • Si el menor fue reconocido por uno solo de los padres bastará su consentimiento.


La presente información responde a casos generales.  Si Ud. requiere información específica no resuelta en esta página, deberá consultarla a las Oficinas Consulares.​

Central Telefónica:
Emergencias:
(202) 230-9992 (Solo para Emergencias)
Fax:
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Atención al Público para trámites es de Lunes a Viernes de 08:30 am - 1:00 pm, La atención vía telefónica y por correo electrónico para consultas es de 2:30 pm a 4:30 pm