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Certificado de supervivencia

Se informa que de acuerdo al artículo 9 del Decreto Legislativo 1246, publicado en el diario oficial "El Peruano", el 10 de noviembre de 2016, ya no se requiere tramitar certificados o constancias de supervivencia en los trámites relacionados a cobro de pensiones a cargo del Estado (si el trámite se va a realizar ante una entidad privada, se requiere obtener el certificado de supervivencia).
   
Requisitos
  • Requisito 1: Es obligatorio solicitar cita.​​
  • Requisito 2: Presencia del interesado en el Consulado.
  • Requisito 3: Presentar su DNI.
  • Requisito 4: pagar US$ 1 dólar.
Nota
  • El trámite se realiza de manera personal, no pudiéndose delegar a un tercero su realización.
  • Se recuerda que el pago por el trámite puede hacerse en efectivo o con tarjeta VISA o MASTERCARD. Sin embargo, el último día hábil del mes SOLO podrá pagarse en efectivo​​​ 

 

 

Tramite de Certificado de supervivencia por correo
 
Sólo en los casos en que los interesados no puedan movilizarse hacia el Consulado y vivan en la jurisdicción del Consulado General del Perú en Washington D.C. (Maryland, Virginia, West Virginia, Kentucky, Delaware y el Distrito de Columbia), este trámite se podrá realizar por correo cumpliendo los siguientes requisitos y procedimiento:
 
Requisitos

 

 

Requisito 1: El connacional debe descargar el formato de Certificado de Supervivencia (descárguelo AQUI),

imprimirlo y completar la información solicitada, luego de ello firmar (igual como figura en su DNI) y poner su huella digital (índice derecho).
Requisito 2: Legalizar su firma ante un notario público ubicado en la jurisdicción de este Consulado.
Requisito 3: Legalizar la firma del notario público ante el County Clerk (jefe de la corte donde esta registrado el notario que legalizó la firma del interesado).
Requisito 4: El costo es de US$ 30 dólares (por concepto de legalización de firma de autoridad extranjera, es decir, la firma del county clerk).
 

 

Procedimiento
 
Enviar dicho documento (con su firma, la del notario y county clerk) al Consulado General del Perú en Washington D.C. (1225 23rd St. NW, Washington D.C. 20037), incluir en el envío un money order (a nombre del Consulado General del Perú) por el monto indicado en el requisito 4, además de un sobre de correo CERTIFICADO, pagado y con la dirección de retorno consignada.
 
PARA LA DEVOLUCION DEL DOCUMENTO AL INTERESADO NO SE PODRA USAR UN CORREO DISTINTO AL CERTIFICADO.
 
 
Nota 
    • NO se podrá realizar este trámite si no se cumple con todo lo señalado en los requisitos y procedimiento.

     

    • En caso de dudas, comuníquese previamente con el Consulado.
    • Se recuerda que el pago por el trámite puede hacerse en efectivo o con tarjeta VISA o MASTERCARD. Sin embargo, el último día hábil del mes SOLO podrá pagarse en efectivo​​​​ 

      

  •  

     

     

    ​ ​​​

    Central Telefónica:
    (202) 990-5400 (La atención telefónica solo se realizará de lunes a viernes de 2:30 pm a 4:30 pm)
    Emergencias:
    (202) 230-9992 (No se dará información sobre trámites)
    Fax:
    1(202) 900-5912
    Correo Electrónico:
    consulado@conperdc.org
    Horario de Atención:
    De Lunes a Viernes de 08:30 AM - 1:00 PM (Para tramites: Solo con cita) (Para recoger documentos: Sin cita)
    Puede usar los siguientes correos solo para consultas: pasaporte@conperdc.org; dni@conperdc.org; permisos@conperdc.org; poderes@conperdc.org; registros@conperdc.org; visas@conperdc.org