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Registro de Nacimientos de Mayores de Edad

Las personas mayores de edad, nacidas dentro de la jurisdicción del Consulado General del Perú en Washington D.C. (Maryland, Virginia, West Virginia, Kentucky, Delaware y el Distrito de Columbia), hijos de padre o madre PERUANOS POR NACIMIENTO DE NO MAS DE TERCERA GENERACION, pueden ser inscritos en el Registro de Nacimientos de este Consulado General.

En caso que el nacimiento del mayor de edad que desea ser registrado como peruano se haya producido en un Estado distinto a los arriba descritos, la partida de nacimiento ORIGINAL debe ser legalizada por parte del Consulado peruano correspondiente, como paso previo a su inscripción en D.C.

Este registro puede ser solicitado por ambos padres, un solo padre, o el titular (persona mayor de edad que desea ser registrada como peruano).

Requisitos
  • Requisito 1: Es obligatorio solicitar cita y luego descargue los siguientes "Formularios" , los tiene que llevar lleno el dia de su cita.
  • Requisito 2:Presencia del solicitante (ambos padres, un solo padre, o el titular) quien deberá identificarse con DNI si es peruano, o pasaporte o identificación estatal si es extranjero (los nombres en la identificación a presentar deben ser los mismos que obran en la partida de nacimiento). 
  • Requisito 3: Presentar la partida de Nacimiento ORIGINAL (Birth Certificate) del mayor de edad a inscribir. Dicha partida se quedará en el consulado. 
  • Requisito 4: Traer 1 fotografía reciente, tamaño pasaporte, a colores, con fondo blanco, de frente, sin anteojos ni prendas en la cabeza.
Nota
  • El Registro no tiene costo y el primer ejemplar del Acta de Nacimiento peruana se entregará al interesado de manera gratuita.
  • En caso que el solicitante sea el mismo ciudadano mayor de edad, será obligatorio que brinde el número de DNI de los padres y sus nombres completos. En caso contrario, no se podrá realizar la inscripción.
  • Es importante señalar que el registro no conlleva reconocimiento de paternidad o maternidad para efectos civiles salvo que la persona a registrar sea hijo matrimonial o el acta este firmada por ambos padres.
  • Si luego del registro como peruano, se desea obtener un DNI, sugerimos revisar los requisitos en la sección "DNI para mayores de edad" de nuestra página web. Por otra parte, si desea obtener un pasaporte peruano, el interesado debe esperar primero a recibir el DNI para luego acercarse a tramitar su pasaporte.
  • En caso de extranjeros adoptados en el exterior por nacionales peruanos, no corresponde su inscripción en los Consulados.
  • En caso de dudas, comuníquese previamente con el Consulado.
  • Se recuerda que el pago por el trámite puede hacerse en efectivo o con tarjeta VISA o MASTERCARD. Sin embargo, el último día hábil del mes SOLO podrá pagarse en efectivo​​​​

 


 

 

 

 

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Central Telefónica:
(202) 990-5400 (La atención telefónica solo se realizará de lunes a viernes de 2:30 pm a 4:30 pm)
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