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Legalización de firma de particulares

La legalización de firma de particulares es efectuada por un funcionario consular, quien a pedido del solicitante, legaliza la firma consignada en su presencia sobre un documento privado (Ejemplo. Declaraciones Juradas).

Requisitos
 
  • Requisito 1: Presencia del interesado en el Consulado.
  • Requisito 2: El interesado deberá presentar su DNI en caso sea peruano. En caso sea extranjero, deberá presentar su pasaporte o documento estatal.   
  • Requisito 3: Presentar el documento sin firma. La persona natural firmará (igual como figura en su identificación) delante del oficial consular. Luego de ello, el Cónsul legalizará la firma.
  • Requisito 4: Pagar US$ 25 dólares. Si la persona natural firma en representación de una persona jurídica (empresa), el costo es de US$ 80 dólares.

 

Nota
 
  • Se requiere cita previa.
  • El trámite se realiza de manera personal, no pudiéndose delegar a un tercero su realización.
  • Se recuerda que el pago por el trámite puede hacerse en efectivo o con tarjeta VISA o MASTERCARD. Sin embargo, el último día hábil del mes SOLO podrá pagarse en efectivo​​​​ 

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Central Telefónica:
(202) 990-5400 (La atención telefónica solo se realizará de lunes a viernes de 2:30 pm a 4:30 pm)
Emergencias:
(202) 230-9992 (No se dará información sobre trámites)
Fax:
1(202) 900-5912
Correo Electrónico:
consulado@conperdc.org
Horario de Atención:
De Lunes a Viernes de 08:30 AM - 1:00 PM (Para tramites: Solo con cita) (Para recoger documentos: Sin cita)
Puede usar los siguientes correos solo para consultas: pasaporte@conperdc.org; dni@conperdc.org; permisos@conperdc.org; poderes@conperdc.org; registros@conperdc.org; visas@conperdc.org