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Defunciones

La defunción de ciudadanos peruanos ocurrida en la jurisdicción del Consulado General del Perú en Washington D.C. (Maryland, Virginia, West Virginia, Kentucky, Delaware y el Distrito de Columbia), puede ser inscrita en el Registro de Defunciones de este Consulado General.
 
En caso que la defunción se haya producido en un Estado distinto a los arriba descritos, la partida de defunción original debe ser legalizada por parte del Consulado peruano correspondiente como paso previo a su inscripción en D.C.

Requisitos
 
  • Requisito 1: Es obligatorio solicitar cita y luego descargue los siguientes "Formularios", los tiene que llevar lleno el dia de su cita.
  • Requisito 2: El solicitante del registro de la defunción debe brindar el número de su DNI si es peruano; o traer una copia su Pasaporte o identificación estatal si es extranjero. El registro lo puede realizar cualquier persona natural, no es necesario que sea que sea peruano ni familiar del fallecido.
  • Requisito 3: Presentar el original del acta de defunción extranjera (Death Certificate), la cual se quedará en el consulado.
  • Requisito 4: De contar con los documentos de identidad del ciudadano peruano fallecido, sea DNI o pasaporte, los mismos deben ser entregados al Consulado.

 


Nota


  • El Registro no tiene costo y el primer ejemplar del Acta de Defunción peruana se entregará al interesado de manera gratuita.
  • El registro de defunción puede realizarse en cualquier momento.
  • En ningún caso se puede registrar a una persona cuya partida de defunción haya sido emitida fuera de los Estados Unidos.
  • Se recuerda que el pago por el trámite puede hacerse en efectivo o con tarjeta VISA o MASTERCARD. Sin embargo, el último día hábil del mes SOLO podrá pagarse en efectivo​​​​ 

 


La presente información responde a casos generales.  Si Ud. requiere información específica no resuelta en esta página deberá consultarla a las Oficinas Consulares.

 

 

 

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