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Nacimientos

 
Los menores de edad, nacidos en el exterior, hijos de padre o madre peruanos, pueden ser inscritos en el Registro de Nacimientos de las Oficinas Consulares ubicadas en el país donde ocurrió el nacimiento. También pueden ser inscritos en las Oficinas Registrales de RENIEC en el Perú cuando los recurrentes se encuentren en territorio nacional.


MENORES de 18 años
 
Requisitos

 
  • Presentar solicitud de inscripción segun modelo. ​FORMATO1.docxFORMATO1.docx
  • Presentar fisicamente al menor que será inscrito en el Consulado General o Consulados Honorarios.
  • Presentar el padre peruano o madre peruana su Documento Nacional de Identidad (DNI) en original y copia.
  • El registro nunca podrá efectuarse a pedido del padre o madre extranjero únicamente.
  • Si el padre o madre es extranjero (a), deberá presentar el documento con el que las autoridades extranjeras del país donde se solicita el registro, lo identifiquen con los mismos nombres y apellidos que figuran en el acta de nacimiento.
  • Acta de nacimiento original y en buenas condiciones, donde se compruebe la paternidad/maternidad del(los) progenitor(es) solicitantes, la cual se quedará en nuestros archivos. El acta de nacimiento mexicana deberá ser presentada con una antigüedad no mayor a seis meses de la presentación a la fecha de su registro en esta oficina consular.
  • Los declarantes pueden ser:
    • Ambos padres;
    • En caso de imposibilidad comprobada o muerte de los padres, podrán solicitar la inscripción las siguientes personas, en ese orden:
      • Los abuelos;
      • Los hermanos mayores de edad;
      • Los tíos consanguíneos; o,
    Cualquier persona o entidad que tenga bajo su tenencia al menor (curador o apoderado con carta poder apostillada o legalizada por una oficina consular peruana).

Plazo de entrega: 

La oficina consular entregará una copia certificada del acta de nacimineto peruana de manera gratuita, el mismo día del tramite. Si desea una copia  adicional, deberá abonar la cantidad de $138.00 pesos en la cuenta de BBVA Bancomer N° 0197257856 a nombre del Consualdo General del Perú.
 
¿Quiénes pueden ser Declarantes para menores de edad?
1) Ambos padres.
2) Cualquiera de los dos padres al margen de su nacionalidad.
3) En caso de imposibilidad comprobada o muerte de los padres, podrán solicitar la inscripción: abuelos; hermanos mayores de edad; o cualquier persona que tenga bajo su tenencia al menor.
 
 
Plazo de entrega:
La Oficina Consular entregará una (1) copia certificada de la partida nacimiento peruana de manera gratuita, el mismo día del trámite. Si desea una copia adicional, deberá depositar directamente en el banco (no transferencia) $138.00 pesos en la cuenta de BBVA.
 
Costo del trámite:
 Gratuito.

MAYORES de 18 años
 
 
Los mayores de edad nacidos en el exterior, hijos de padre o madre peruanos, pueden inscribirse en el Registro de Nacimientos de las Oficinas Consulares ubicadas en el país donde ocurrió el nacimiento.
También pueden inscribirse en las Oficinas Registrales de RENIEC en el Perú cuando los recurrentes se encuentren en territorio nacional.

Requisitos

 
  • Presentar solicitud de inscripción según modelo FORMATO2.docxFORMATO2.docx cuando sea el mismo titular.. 
  • Cuando los declarantes sean los padres, o uno de ellos, deberá autorizar su inscripción el titular en señal de aceptación. FORMATO3.docxFORMATO3.docx
    • Documento que acredite que el padre o la madre es “peruano(a) por nacimiento” por haber:
      • Nacido en el Perú, con su Partida de Nacimiento del Registro Civil o DNI donde figura su lugar de nacimiento en el Perú; ó
      • Nacido en el Exterior, hijo de “padre o madre peruano por nacimiento”, con su DNI y Partida de Nacimiento inscrita en el Registro del Estado Civil, Sección de Nacimiento o en el Registro de Peruanos Nacidos en el Extranjero (Titulo de PNE).
    • Documento de identidad de los padres y declarantes.
      • Si ambos padres son de nacionalidad peruana, deberán presentar sus documentos correspondientes.
      • Si uno de ellos es peruano, deberá presentar sus documentos correspondientes, mientras que el padre/madre extranjera, deberá presentar el documento con el que las autoridades extranjeras del país, donde se solicita el registro, lo identifiquen con los mismos nombres y apellidos que figuran en el acta de nacimiento.
    • Acta de nacimiento original y en buenas condiciones, donde se compruebe la paternidad/maternidad del(los) progenitor(es) solicitantes, la cual se quedará en nuestros archivos. El acta de nacimiento mexicana deberá ser presentada con una antigüedad no mayor a seis meses de la presentación a la fecha de su registro en esta oficina consular.
    Los declarantes pueden ser:
    • Ambos padres;
    • Cualquiera de los dos padres, al margen de su nacionalidad;
    • El titular con identificacion original y copia.
    • En caso de imposibilidad comprobada del titular podrán solicitar las siguientes personas:
      • El curador
      • El apoderado con carta poder Apostillada o Legalizada por una Oficina Consular peruana
    • En caso de inscripción de un fallecido, pueden inscribir:
      • El o la cónyuge
      • Los hijos o quien los represente, en caso sean menores de edad
    Notas
    • Al registrarse a mayores de edad, debe consignarse en la sección Observaciones, lo siguiente: Ley N°30738 “Ley de Reforma del Artículo 52 de la Constitución Política del Perú”.
    • En cualquiera de los casos mencionados, el adulto a inscribirse debe estar presente. Si no lo está, su voluntad de inscribirse debe estar demostrada mediante poder especial a favor de los padres o declarantes.
    • Los ciudadanos nacionalizados peruanos (ciudadanos extranjeros que obtuvieron la nacionalidad peruana por residencia o matrimonio), no podrán registrar el nacimiento de sus hijos en las Oficinas Consulares.
    • Este derecho es reconocido a los descendientes hasta la “tercera generación”, es decir a los nietos consanguíneos.
    • Luego del Registro, la Oficina Consular entregará una (1) copia certificada de la partida, sin costo.
       
Plazo de entrega: 
La oficina consular entregará una copia certificada del acta de nacimineto peruana de manera gratuita, el mismo día del tramite. Si desea una copia  adicional, deberá depositar directamente en el banco (no transferencia) la cantidad de $138.00 pesos en la cuenta de BBVA Bancomer N° 0197257856 a nombre del Consualdo General del Perú.

   
¿Quiénes pueden ser Declarantes para mayores de edad?
1) La misma persona a inscribir.
2) Ambos padres.
3) Cualquiera de los dos padres, al margen de su nacionalidad.
 
Plazo de entrega:
La Oficina Consular entregará una (1) copia certificada de la partida nacimiento peruana de manera gratuita, el mismo día del trámite. Si desea una copia adicional, deberá depositar directamente en el banco (no transferencia) $120.00 pesos en la cuenta de BBVA.
Costo del trámite:
 Gratuito.

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