1.
De conformidad con lo dispuesto en la Ley No. 29495
“Ley de los Consejos de Consulta de las Comunidades Peruanas en el Exterior” y
el Decreto Supremo No. 057-2010-RE, “Reglamento de la Ley de los Consejos de
Consulta de las Comunidades Peruanas en el Exterior”, el sábado
29 de setiembre de 2018 se realizará la elección del Consejo de Consulta
período 2018-2019, en la sede del
Consulado General del Perú (25 Rue de l´Arcade 75008 Paris), coincidiendo
con la atención consular sabatina mensual, en horario de 9 am a 2 pm.
2.
La finalidad de los Consejos de Consulta es constituir
un espacio de diálogo y cooperación con las Oficinas Consulares para
iniciativas que favorezcan la atención y protección de los peruanos en el
exterior, así como difundir la imagen del Perú y de la comunidad residente en
la circunscripción consular.
3.
Para participar en la elección como votante se
requiere, de acuerdo a lo establecido en el artículo 20 del Decreto Supremo No.
057-2010-RE:
a)
Ser peruano
b)
Ser mayor de 18 años al momento de elegir, y
c)
Estar inscrito en el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil peruano
con domicilio en Francia.
Dichos
requisitos se acreditan ante el Comité Electoral presentando el Documento
Nacional de Identidad (DNI).
4.
En cumplimiento a lo señalado mediante el Decreto
Legislativo No. 1246, que aprueba diversas medidas de simplificación
administrativa, artículo 7°, respecto del vencimiento de la fecha de vigencia
del DNI, no es de carácter obligatorio contar con un DNI vigente para
participar del proceso de elección del Consejo de Consulta período 2018-2019.
5.
Respecto de las candidaturas, los
connacionales residentes en Francia interesados en presentar su candidatura
para ser miembros del Consejo de Consulta período 2018-2019, deberán comunicar
sobre dicha voluntad mediante comunicación escrita dirigida a la Cónsul General
del Perú, manifestando que cumplen con los requisitos para postular como
candidatos al Consejo de Consulta, conforme lo señala el artículo 19 del Decreto
Supremo No. 057-2010-RE:
a)
Ser peruano
b)
Ser mayor de 18 años al momento de postular
c)
Estar inscrito en el Registro Nacional de Identificación y Estado civil peruano
con domicilio en Francia
d)
No ser funcionario o empleado de la Oficina Consular
e) No
registrar antecedentes policiales ni penales en el Perú o en el extranjero
f)
No haber sido sancionado con pérdida de la condición de miembro de algún
Consejo de Consulta
Asimismo,
los connacionales residentes interesados en postular pueden solicitar que se
difunda en el local del Consulado General en París su candidatura.
6.
Respecto del Comité Electoral, este será
seleccionado por la Jefa de la Oficina Consular, el día de la elección, por
sorteo, entre los asistentes a la misma, en un mínimo de tres ciudadanos. Las personas
que lo integren no podrán postular a ser miembros del Consejo de Consulta
período 2018-2019 (artículo 15° del Decreto Supremo No. 057-2010-RE).
7.
Respecto del mínimo de votantes para validar las
elecciones, este se efectuará en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 14° del
Decreto Supremo No. 057-2010-RE que señala que el mínimo de votantes para
validar las elecciones es el 3% del número total de inscritos en el Registro
Nacional de Identificación y Estado Civil peruano con domicilio en Francia, a
la fecha de la convocatoria.
8.
Cabe señalar que los últimos datos disponibles sobre
el padrón electoral de 2016, concerniente a la circunscripción de este
Consulado General, arrojaba una cifra de 8789 electores. Se está a la espera de
información actualizada.
París, 18 de julio de 2018