Para actuar en representación de otra persona en determinadas materias, la ley dispone que se haga a través de la Escritura Pública, que es la forma de poder que reviste mayor seguridad jurídica. Mediante este tipo de poder se puede por ejemplo facultar a una a persona a disponer de todos los bienes del otorgante, para ser representado en procesos judiciales y otros casos previstos por la ley.
Requisitos:
Identificarse con el Documento Nacional de Identidad (DNI) vigente en el caso de ciudadanos peruanos; y en el caso de ciudadanos extranjeros, presentar pasaporte o carnet de extranjería vigentes.
Señalar los nombres, apellidos y número de documento de identidad de la persona a favor de quien se extiende el poder.
Señalar los nombres, apellidos y número de documento de identidad de la persona que efectuará el registro del poder en Registros Públicos.
Describir o detallar las facultades que desea otorgar a través del poder, salvo los casos en que el o los interesados presenten minuta debidamente firmada por abogado con colegiatura vigente en el Perú.
Costo
Costo |
45.00 Soles Consulares(*) (a) |
10.00 Soles Consulares(*) (b) |
(*) un sol consular aprox. equivale a un dólar americano expresado en moneda local |
(a) aplicable únicamente cuando se trata de un poderdante y un apoderado
(b) aplicable por cada poderdante adicional
(b) aplicable por cada apoderado adicional