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Certificado consular de no Ingresos en el Perú

Dentro del ordenamiento jurídico peruano no existe una correspondencia con el certificado o constancia negativa de ingresos requerido por la autoridad italiana. 

En ese sentido, en el Perú los ingresos que percibe un trabajador dependiente se acreditan mediante las boletas de pago respectivas, y en el caso de los trabajadores independientes, con la correspondiente declaración anual de impuesto o, en su defecto con la declaración jurada de ingresos que realizan ante la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria (SUNAT).

Por dicha razón, esta Oficina Consular no está autorizada a otorgar el certificado o constancia negativa de ingresos, en tanto dicha información es de carácter personal y no es verificable.


 

 

 
                                                                             



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