Certificado consular de no Ingresos en el Perú
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Dentro del ordenamiento jurídico peruano no existe una correspondencia con el certificado o constancia negativa de ingresos requerido por la autoridad italiana.
En ese sentido, en el Perú los ingresos que percibe un trabajador dependiente se acreditan mediante las boletas de pago respectivas, y en el caso de los trabajadores independientes, con la correspondiente declaración anual de impuesto o, en su defecto con la declaración jurada de ingresos que realizan ante la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria (SUNAT).
Por dicha razón, esta Oficina Consular no está autorizada a otorgar el certificado o constancia negativa de ingresos, en tanto dicha información es de carácter personal y no es verificable.
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