La obtención de la Tarjeta del Migrante Retornado (TMR) es el paso inicial para acogerse a los beneficios contemplados en la Ley 30001 "LEY DE REINSERCIÓN ECONÓMICA Y SOCIAL PARA EL MIGRANTE RETORNADO". La TMR puede solicitarse ante las oficinas consulares en el exterior o ante el Ministerio de Relaciones Exteriores en el Perú, según sea el caso, dentro de los noventa (90) días hábiles antes o después de la fecha de ingreso a nuestro país.
Para mayor información, puede revisar el siguiente enlace:
Incentivos Tributarios (Ley Nº 30525)
La Ley N º 30001 ha sido prorrogada, mediante Decreto de Urgencia N° 023-2019, hasta el 16 de diciembre de 2022, período en el cual los connacionales que se acojan a esta ley podrán acceder a los incentivos tributarios contemplados en la Ley N° 30525. El artículo 3 de dicha norma establece que los peruanos que se acojan a los beneficios tributarios estarán liberados por única vez del pago de todo tributo que grave el internamiento del menaje de casa (hasta por un monto máximo de US$ 50,000.00), un vehículo automotor (hasta por un monto de US$ 50,000.00) e instrumentos, maquinarias, equipos, bienes de capital y demás bienes que usen en el desempeño de su trabajo, profesión oficio o actividad empresarial (hasta por un monto de US$ 350,000.00).
El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) y la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT) han designado los siguientes números telefónicos en el Perú para absolver las consultas referentes a la Ley Nº 30525 sobre aspectos tributarios:
- Desde teléfonos fijos:
00(51)801-12-100
Opción 4
- Desde celulares:
00(511)315-0730
Opción 4
Los demás beneficios (beneficios sociales) seguirán vigentes.
Requisitos
- Presentación del Documento Nacional de Identidad (DNI) vigente.
- Una foto reciente tamaño pasaporte, a colores y con fondo blanco.
- Solicitud firmada de Acogimiento a los Beneficios de la Ley Nº 30001. Acceder al modelo en el siguiente enlace: SOLICITUD DE ACOGIMIENTO TMR.
- Formulario R-1, debidamente completado, impreso y firmado por el solicitante. Para acceder a dicho formulario ingresar al siguiente enlace: Formulario R-1 (anotar su número de formulario).
- Declaración Jurada de no estar incurso en ninguna de las causales de impedimento o exclusión contempladas en el presente reglamento. Se requieren (2) dos originales. Acceder al modelo de Declaración Jurada en el siguiente enlace: DECLARACIÓN JURADA TMR.
Costo |
La expedición de la TMR no tiene costo alguno. |
Nota
Tiempo de Entrega: dentro de los 10 días de presentada la solicitud.
Para revisar el texto completo del Decreto de Urgencia N°023-2019 – Ley que modifica la Ley N° 30001, Ley de Reinserción Económica y Social para el Migrante Retornado, y Restablece los Beneficios Tributarios
HAGA
CLICK AQUI.
Importante:
Si usted necesita realizar el tramite de Tarjeta del Migrante Retornado, favor esciba al correo electrónico: consulado@conpermilan.com
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