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Pasaporte Biométrico Mayores de Edad

La vigencia del nuevo pasaporte será de 5 años.

A partir de los 17 años deberá obligatoriamente contar con el DNI MAYOR DE EDAD (AZUL)

El día de su cita deberá acudir con:

  • Ropa de color para la toma de la fotografía. Evitar prendas blancas y negras.
  • Documento Nacional de Identidad (DNI).
  • Pasaporte actual.
  • Comprobante del pago.

PROCEDIMIENTO PARA CITA PREVIA EN VALENCIA:

Rellenar el formulario que encontrará más abajo. 

Recibirá un correo electrónico con el número de cuenta bancaria para realizar el pago de 70.00 euros mediante transferencia o depósito en ventanilla.  Dispone de 72 horas para realizar el pago y enviar el justificante

​​​    Haga cli​ck aquí aa  reserve-cita-pasaportemayor.jpg​​​

Recogida del pasaporte:

​Cuando nos llegue su pasaporte, le enviaremos un mensaje a la dirección de correo electrónico registrada en el formulario de solicitud, indicándole que días y horario puede acercarse a recogerlo.

En caso no pueda venir personalmente a recogerlo, puede enviar a otra persona, la cual deberá mostrar el formulario con la autorización correspondiente y presentar el documento de identidad indicado en el formulario.  aAUTORIZACION REGOJO PASAPORTE.docxFormulario autorización recojo pasaporte.docx

IMPORTANTE: El plazo máximo para recoger su pasaporte es de 240 días, contados a partir de su llegada a esta Misión Consular. Cumplido dicho plazo se procederá a anular el documento y remitirlo al Ministerio de Relaciones Exteriores para su eliminación (Decreto Supremo Nº 045-2024-RE). 

Mayores de edad con incapacidad legal:​

Adicionalmente a los requisitos anteriores, el nacional mayor de edad incapaz legalmente, deberá presentarse acompañado de su representante legal, quién a su vez deberá:

  • Identificarse con el Documento Nacional de Identidad (DNI), o documento que oficialmente lo identifique en el país donde se encuentre, si es extranjero. 
  • Presentar copia del documento mediante el cual se le nombre representante legal del solicitante.
  • En caso de haber obtenido la declaración de curatela por autoridad peruana, se admitirá copia del registro de dicho nombramiento en el Registro de Personas Naturales de la Oficina Registral correspondiente de la SUNARP. Para el caso de lo establecido en la Ley General de la Persona con Discapacidad, deberá presentarse el certificado de discapacidad que acredita la condición de persona con discapacidad. El mismo que es otorgado por todos los hospitales de los Ministerios de Salud, de Defensa y del Interior, así como el Seguro Social de Salud (ESSALUD).
  • En caso de haber obtenido la declaración de autoridad extranjera, el pasaporte sólo podrá ser tramitado por la Oficina Consular del Perú en el exterior que cuente con la circunscripción en el territorio donde se haya dictaminado la representación legal del titular incapaz.

 

 
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Central Telefónica:
(+34) 963.524.463
No se otorgan citas por teléfono.
Los requisitos y las citas se solicitan solo por la página web.

Consultas no detalladas en la web, puede hacerlas al correo info@consuladoperuvalencia.org
Emergencias:
(+34) 636.177.719-solo emergencias
No se absolverán consultas sobre trámites por este medio.
Fax:
Correo Electrónico:
info@consuladoperuvalencia.org
Horario de Atención:

La atención consular se realiza mediante cita previa