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Legalización de Documentos- Apostilla de la Haya

APOSTILLA DE LA HAYA
El "Convenio de la Apostilla de La Haya" entró en vigencia para el Perú el 30 de septiembre del 2010.
 
A través de este mecanismo se reconoce la eficacia jurídica de un documento público emitido en el Perú en los demás países firmantes de dicho Convenio y viceversa,  suprimiéndose el requisito de legalización diplomática y consular tanto en nuestro país como en España.
 
La Autoridad Competente en el Perú respecto del Convenio es el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú (Dirección General de Política Consular) y para España es el Ministerio de Justicia.
No todos los documentos pueden ser apostillados, se apostillan sólo los Documentos Públicos. Están excluidos aquellos que emiten los agentes diplomáticos o consulares, así como los documentos administrativos que se refieren directamente a una operación mercantil o aduanera.
 
Para que  los documentos de origen español (partida de nacimiento, matrimonio, defunción, certificados de estudios, etc) tengan validez en el Perú, deberán ser apostillados por el Tribunal de Justicia de la Comunidad Valencia. (Palacio de Justicia s/n 46003, Valencia). Asimismo los poderes u otros documentos expedidos por notarios españoles deben ser apostillados en el Colegio Notarial  de Valencia (C/ Pascual y Gemis Nº 21, Valencia).

 

 

 

 

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