Para la calidad migratoria de religioso (a) se podrá otorgar visa temporal o de residente. El plazo de permanencia para los religiosos extranjeros admitidos con "visa temporal" ordinaria es hasta 90 días, prorrogables hasta un año.
Se solicita en la Superintendencia Nacional de Migraciones en Lima y cuando esté autorizado se lo comunica a la Cancillería peruana, quien a su vez lo hace llegar a este consulado. Una vez recibida la autorización, el (la) religioso(a) deberá solicitar cita para acercarse al Consulado, a retirar el visado.
* Procedimiento para solicitar CITA PREVIA:
- Nombre y apellidos completos.
- Número de DNI español o NIE.
- Nº de Cable de autorización de la visa expedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú.
- Dirección completa en España, incluyendo código postal y provincia.
- Teléfono de contacto.
Deberá anexar al correo electrónico lo siguiente: