Los poderes a terceros son documentos que extiende una persona a otra, para que esta en su representación pueda cumplir determinados actos.
Generalmente
son utilizados para actos cuyo valor sea mayor a media (1/2) Unidad Impositiva
Tributaria (UIT) y hasta tres (3) UIT, como cobro de pensiones ya sea de
jubilación, viudez, cesantía o alimentos. Asimismo, se utilizan para
solicitar pasaporte de menores de edad, trámites ante autoridades migratorias y
gestiones de visa ante las autoridades consulares extranjeras en nuestro país,
entre otros.
- La UIT del año 2025 es S/. 5,350.00.
Requisitos:
- El trámite es presencial y personal.
- DNI (Si ha caducado, podrá renovar el DNI el mismo día)
- Datos del apoderado: Nombre completo, número del DNI y el estado civil como aparece en su DNI.
- Señalar el objeto del poder y las facultades para las que se otorga dicho poder.
- Para
mayores de 75 años, deberán presentar un certificado médico o informe de salud
mental redactado por un especialista (認知症検査 "Ninchisho kensa"). Si el otorgante no sabe leer o no puede
firmar por algún impedimento, deberá intervenir un testigo que conozca el
idioma castellano y que firmará “a ruego” por él. En caso de que el solicitante
no sea inteligente en el idioma castellano, deberá intervenir además un
intérprete. (R.C. Art. 118 y 124)
- Costo del trámite (ver aquí).
- Reservar cita de atención haciendo click AQUÍ.