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Escrituras Públicas

Son poderes que se otorgan a un representante (apoderado) para gestiones de mayor importancia o mayores montos, entre ellos, divorcios, reconocimiento de sentencia extranjera, juicio de alimentos, negación de paternidad, compra-venta de inmuebles,  reconocimiento en el Perú de hijo extramatrimonial, entre otros.
 
Requisitos:
1. DNI físico actualizado tanto en fecha como en estado civil
2. Texto de Poder (Minuta) redactada por un abogado peruano, indicando nombre completo, número de DNI y número de colegiatura en formato MICROSOFT WORD. La redacción del poder deberá incluir en su introducción lo siguiente:
  • Datos del poderdante: Nombre completo, número de DNI, domicilio, ocupación, número telefónico y correo electrónico
  • ​Datos del apoderado: Nombre completo, número de DNI, domicilio, ocupación, número telefónico y correo electrónico
        *Sin esta información NO SE PODRÁ realizar el trámite
3. En caso de otorgantes extranjeros envío escaneado de su Pasaporte vigente
4. Intérprete: En caso de otorgantes sin conocimiento del idioma español. Del intérprete se requiere: nombre completo, nacionalidad y número de documento de identidad. Si el intérprete fuera de nacionalidad diferente a la peruana, enviar una fotocopia escaneada del documento con el cual se está identificando.
5. Para mayores de 75 años, deberán presentar un certificado médico o informe de salud mental redactado por un especialista. Si el otorgante no sabe leer o no puede firmar por algún impedimento, deberá intervenir un testigo que conozca el idioma castellano y que firmará “a ruego” por él. (R.C. Art. 118 y 124)

De acuerdo al Artículo 58 de la Ley del Notariado No es exigible la Minuta (documento firmado y sellado por abogado) para otorgar las siguientes escrituras:
a)Otorgamiento, aceptación, sustitución, revocación y renuncia del poder.
c)Nombramiento de tutor y curador en los casos que puede hacerse por escritura pública.
d)Reconocimiento de hijos.
e) Autorización para el matrimonio de menores de edad otorgada por quienes ejercen la patria potestad.
f) Aceptación expresa o renuncia de herencia.
g) Declaración jurada de bienes y rentas.
h) Donación de órganos y tejidos.
i) Constitución de micro y pequeñas empresas.
j) Hipoteca unilateral; y,
k) Otros que la ley señale.

En estos casos solo deberá enviar el texto en formato Microsoft Word sin la firma del abogado.
Sin embargo, se deberá considerar que para Escrituras Públicas no especificadas en el artículo 58 antes mencionado, es necesario enviar una versión del texto en formato Microsoft Word (sin la firma del abogado) más una versión escaneada en donde aparezca el sello, firma y número de colegiatura del abogado.

La atención es exclusivamente con CITA
​​La cita se solicita enviando previamente un correo electrónico a:
 escrituras@conpertokio.org 
Indicando nombre completo y número de teléfono (celular y casa) del solicitante (Poderdante) y adjuntando:
1. Texto de Poder (Minuta) redactada en formato Microsoft WordLa redacción del poder deberá incluir en su introducción lo siguiente:

Datos del poderdante: Nombre completo, Número de DNI, domicilio, ocupación, número de teléfono y correo electrónico

Datos del apoderado: Nombre completo, Número de DNI, domicilio, ocupación, número de teléfono y correo electrónico

​​*Sin esta información NO SE PODRÁ realizar el trámite

2. Archivo escaneado de la Minuta, con firma, sello y número de DNI del abogado (de ser el caso)
3. En caso de otorgantes extranjeros copia escaneada de su Pasaporte Vigente
4. Datos de Intérprete, en caso de otorgantes sin conocimiento del idioma español
5. Otros (en caso se requiera otros documentos estos serán solicitados por correo electrónico)
6. Nombre completo y No. de DNI de la persona quien realizará la legalización de firma consular del testimonio y parte ante el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú y posteriormente registrará el parte en la SUNARP.
7. Para mayores de 75 años, deberán presentar un certificado médico o informe de salud mental redactado por un especialista. Si el otorgante no sabe leer o no puede firmar por algún impedimento, deberá intervenir un testigo que conozca el idioma castellano y que firmará “a ruego” por él. (R.C. Art. 118 y 124)

  • Para coordinar la fecha de cita, el Consulado le llamará por teléfono en aproximadamente siete (07) días útiles tras recibir su minuta, en función a la disponibilidad existente. Sin texto no se dan citas y sin cita no se atiende el trámite de escritura pública. 
  • El día de su cita, acudirá personalmente al Consulado en la fecha y hora acordada, portando su DNI físico vigente.
  • El costo promedio de una escritura pública es de 17,600 yenes, pudiendo aumentar dependiendo del número de páginas del testimonio, poderdantes y apoderados.
  • El documento (poder) le será entregado el mismo día.
Importante: 
  • No permita que su abogado se limite a mandarle una minuta hecha en base a un modelo o plantilla general, sino que debe hacerle una minuta para su caso en particular y que refleje sus intereses. 
  • Una vez recibida la minuta en el Consulado, se procederá a transcribir literalmente su contenido en los Libros de Escrituras Públicas, no siendo admisibles los cambios de último minuto. Por ello es muy importante que usted lea minuciosamente su minuta antes de enviarla al Consulado, poniendo particular cuidado en que su nombre y demás datos estén correctamente consignados y en entender perfectamente las facultades que está otorgando a su apoderado. 
  • Los otorgantes de poder para divorcio, deben prestar especial atención y estar de acuerdo con lo que dice su minuta sobre tenencia y/o patria potestad de los hijos, alimentos, bienes comunes o cualquier otro tema que les preocupe.
Clips informativos
¿Cuándo debo utilizar una carta poder (trámite notarial simple) y cuándo debo utilizar una escritura pública?​

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Central Telefónica:
03-5793-4444 (central telefónica de L-V de 9am a 1pm y de 2:15pm a 5pm), Line: ConsuladoPerutokio (solo para mensajes de texto de L-V 11am-4pm), WhatsApp: 080-1127-3992 (solo para mensajes de texto de L-V 11am-4pm, para llamadas a la central telefónica)
Emergencias:
090-2259-4475 スペイン語・英語のみで緊急時に対応可 。ペルー国民の生命や人間としての尊厳といった基本的権利を危険にさらす事態に対応。Operativa las 24/7, incluidos fines de semana y feriados, para la atención de situaciones que pongan en riesgo derechos como la vida, integridad o libertad de ciudadanos peruanos.
Fax:
03-5793-4446
Correo Electrónico:
informacion@conpertokio.org
Horario de Atención:
Lunes a Viernes de 09:00 a 13:00 horas y de 14:15 a 15:30 horas. La atención de trámites es con cita previa.