Certificado de Supervivencia
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Es el documento mediante el cual se acredita la existencia en vida de una persona.
Requisitos:
- El trámite es presencial y personal.
- DNI (Si ha caducado, podrá renovar el DNI el mismo día reservando previamente una cita de atención)
- Copia del último Certificado de Supervivencia (Opcional)
- Costo del trámite: ver tarifario consular
- Reservar cita de atención haciendo click AQUÍ
Nota importante:
“Mediante Decreto Legislativo N° 1246,
artículo 9, publicado en el diario El Peruano el 10 de noviembre de 2016, se
señala la eliminación de la exigencia del Certificado de Supervivencia u otras
constancias de sobrevivencia en todo los procedimientos o trámites relacionados
a las pensiones bajo cualquier régimen, y otras prestaciones económicas a cargo
del Estado, así como para el pago periódico de estas. La verificación o
constatación de la supervivencia de las personas será realizada mediante el
cruce de información del respectivo listado de pensionistas o beneficiarios con
el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil – RENIEC o de sus propios
sistemas de verificación, además de la declaración jurada a que se refiere la
Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General”.
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