La legalización de una firma es el acto notarial mediante el cual el funcionario consular otorga fe de que la firma que se encuentra en un documento público o privado es autentica. Este tipo de legalización procede cuando se desea legalizar la firma de un particular, sea éste de nacionalidad peruana o extranjera.
Requisitos:
- DNI (Si ha caducado, deberá previamente renovar el DNI)
- En el caso de legalización de firma de un particular extranjero, éste deberá identificarse con su pasaporte y/o, de ser el caso, el carnet de extranjería.
- Presentar el documento en original, sin firmar, para recién proceder a la firma de éste en presencia del funcionario consular.
Para mayores de 75
años, deberán presentar un certificado médico o informe de salud mental
redactado por un especialista. Si el otorgante no sabe leer o no puede firmar
por algún impedimento, deberá intervenir un testigo que conozca el idioma
castellano y que firmará “a ruego” por él. (R.C. Art. 118 y 124)
Costo del trámite: ver tarifario consular
Reserva cita de atención haciendo click AQUÍ
Importante:- Si alguno de los otorgantes del documento no sabe o no puede firmar, lo hará una persona llevada por él(ella) a su ruego. En este caso, el funcionario consular exigirá, de ser posible, la impresión de la huella digital de aquél (aquella), certificando la firma de la persona y dejando constancia, en su caso, de la impresión de la huella digital.
- El funcionario consular no asume responsabilidad alguna sobre el contenido del documento, salvo que constituya en sí mismo un acto ilícito o contrario a la moral o a las buenas costumbres.
- El funcionario consular podrá certificar firmas en documentos redactados en idioma extranjero. En este caso, el otorgante asume la plena responsabilidad del contenido del documento y de los efectos que de él se deriven. Esta certificación no compromete a la autoridad consular respecto al contenido del documento.
- En caso que el documento presente enmendaduras, el funcionario consular podrá denegar la certificación que se le solicita o expedirla, dejando constancia de la existencia de las mismas.
- El funcionario consular podrá solicitar cualquier otra prueba documental que considere necesaria, en resguardo de la legalidad y para lo que está facultado.
- El trámite se realiza el mismo día de presentados todos los documentos.
個人の署名認証について
署名認証とは、領事館が文書に記載された署名が本人によるものであることを証明する手続きです。ペルー国籍・外国籍を問わず、個人の方の署名を対象に行います。
必要書類:
1. DNIカード
有効期限が切れている場合は事前の更新が必要です。
2. 外国籍の方の場合:
パスポート、または該当する場合は外国人登録証(有効期限が切れているものは不可)
3. 署名を行う文書の原本(未署名の状態)
署名は必ず窓口担当者の面前で行っていただきます。
4. 75歳以上の方は、医師による診断書または精神的健康に関する報告書をご提出ください。
申請者が読み書きができない、または身体的な理由で署名ができない場合は、スペイン語を理解する承認が立ち会い代理による署名を行う必要があります。
(ペルー国領事規則 第118条・第124条)
重要事項:
1) 文書の署名者が署名できない、または読み書きができない場合、その人に依頼された別の方が代筆を行うことができます。
この場合、可能であれば署名する方の指紋を押印し、署名と指紋を記録として登録します。
2) 領事館は、文書の内容に関しては責任を負いません。ただし、内容が違法行為、または法律に違反する内容や、社会的に不適切な内容である場合を除きます。
3) 外国語で作成された文書にも署名認証を行うことが可能です。
その際、文書の内容とそれによって生じる結果については、署名者がすべての責任を負うものとします。
この署名認証は、領事館が文書の内容に関与したり、それを保証するものではありません。
4) 文書に訂正や修正の跡(訂正箇所)がある場合、領事官は署名の認証を拒否することがあるほか、訂正がある旨を記録したうえで認証を行うことがあります。
5)領事官は、手続きの合法性を確保するために、必要と判断した追加書類を求めることができます。
6)必要なすべての書類が提出されると、手続きは当日中にお渡しとなります。