El Poder por Escritura Pública es el más formal y solemne que puede existir en el ordenamiento jurídico peruano, y se otorga normalmente para la disposición de derechos y obligaciones.
Este tipo de Poder se exige para divorcios, procesos judiciales, compra-venta de bienes muebles e inmuebles, gestiones bancarias, reconocimiento de sentencia extranjera, inscripción de propiedad en Registro Públicos, poder amplio y general.
El poder por escritura públicas se puede hacer:
- El Consulado General del Perú en Sevilla.
- Notario español de su localidad.
1. Poder por escritura pública ante el Consulado General
Para solicitar citas
Los interesados deberán solicitar la cita al
consulado@consuladoperusevilla.es adjuntando:
- Nombres y apellidos completos, número de DNI peruano (o pasaporte si es extranjero) del o los poderdantes (quienes dan el poder).
- Copia escaneada del DNI peruano del o de los poderdantes (o pasaporte si es extranjero) en formato .pdf (no foto whatsapp).
- Correo electrónico y móvil de contacto del o los poderdantes.
- Archivo de la minuta de poder en Word, elaborada por su abogado o con algún modelo referencial líneas abajo.
- Nombres completos y DNI peruano de la persona que inscribirá en Registros Públicos (SUNARP) la escritura pública, precisando si será en Lima o en alguna provincia en el Perú.
Los correos electrónicos sin los requisitos solicitados no serán atendidos.
Tener en cuenta que
la cita será programada después de diez días laborables de recibida toda la documentación, considerando
la demanda en los servicios consulares.
Costo
De acuerdo al número de fojas, entre
100 y
120 Euros. El pago se puede realizar con tarjeta o en efectivo en la sede consulado.
Día de la firma de la escritura pública
- El poderdante deberá venir sin acompañantes para leer cuidadosamente el contenido de la misma. Deberá permanecer entre 45 min a una hora en la sede consular.
- Una vez firmada la escritura pública no podrá ser modificada, ni alterada, ni aclarada, sino por otra escritura pública.
- El o los poderdantes asumen la responsabilidad de verificar que sus datos consignados: nombres, apellidos, estado civil, ocupación, dirección, identificación, entre otros, que sean correctos.
- En caso de poderes otorgados por empresas, el otorgante debe presentar los documentos habilitantes que los facultan como Representante en original y debidamente legalizados por Notario Público Local.
- El poderdante recibirá el testimonio de la Escritura Pública y el Parte (oficio) dirigido a los Registros Públicos (SUNARP), éste último deberá ser legalizado en la sede del Ministerio de Relaciones Exteriores en Lima o en la Oficina Desconcentrada MRE y luego, se presentará en la sede de SUNARP correspondiente, con la indicación expresa del nombre de quien se encargará de la inscripción de la escritura pública en cuestión.
Modelo de Minutas
Son meramente referenciales y, en ningún caso, reemplazan la voluntad de los Poderdantes, quienes pueden ajustar los formatos a sus propias necesidades y/o intereses. Se recomienda consulte su redacción a su abogado en el Perú
- MODELO DE PODER AMPLIO Y GENERAL
- MODELO DE PODER PARA ADMINISTRACIÓN DE INMUEBLE
- MODELO DE PODER PARA VENTA DE INMUEBLE
- MODELO DE PODER PARA COMPRA DE INMUEBLE
- MODELO DE PODER ESPECIAL PARA CONSTITUIR EMPRESA
- MODELO DE PODER PARA PROCEDIMIENTO DE SUCESION INTESTADA
- MODELO DE PODER PARA COMPRA DE AUTOMOVIL
- MODELO DE PODER PARA VENTA DE VEHICULO
- MODELO DE PODER PARA MATRIMONIO
- MODELO DE PODER PARA DIVORCIO JUDICIAL
- MODELO DE PODER PARA DIVORCIO NOTARIAL O MUNICIPAL
- MODELO DE PODER PARA RECONOCIMIENTO DE SENTENCIA DE DIVORCIO (EXEQUATUR)
- MODELO DE PODER PARA INSCRIPCIÓN DE PROPIEDAD EN LOS REGISTROS PÚBLICOS
- MODELO DE PODER PARA BLOQUEAR O DESBLOQUEAR TARJETAS DE BANCO
- MODELO DE TRÁMITE BANCO
- MODELO DE PODER PARA RECTIFICAR PARTIDAS
- MODELO DE MINUTA PARA PROCESOS JUDICIALES (JUICIOS)
- MODELO DE MINUTA PARA SUCESIÓN INTESTADA
LEGALIZACIÓN Y REGISTRO DE LA ESCRITURA PÚBLICA CONSULAR
Poder por escritura pública ante notario español
Se sugiere acudir con su borrador de escritura (minuta identificándose con DNI peruano) y solicitar que incluya el siguiente texto:
“Asimismo, de conformidad con lo establecido en la legislación peruana correspondiente, se hace constar que el señor(a)______________, con DNI peruano Nº________, será la persona encargada de presentar y gestionar la inscripción de los partes ante los Registros Públicos , en la Oficina Registral de la SUNARP, sede -___________ "(ciudad).
Así como la legislación peruana aplicable, según el caso:
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Poder para representar en juicios: Art. 74 y 75 del Código Procesal Civil.-
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- Poder para divorcio: Art. 74 y 75 del Código Procesal Civil. -
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- Poder para contraer matrimonio: Art. 264 del Código Civil. -
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- Poder para disponer de bienes inmuebles (compra / venta): Art. 156 del Código Civil.-
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- Poder para nombrar tutor de menores: Art. 503 del Código Civil. -
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Después de firmado el poder ante notario español de su ciudad, el poder deberá apostillarse antes de su envío al Perú, lo puede hacer ante su notario o el Colegio de Notarios de su ciudad.
Consulte si su notario tiene la facultad de apostillar caso contrario deberá apostillarlo ante el Colegio de Notarios de Andalucía.
https://andalucia.notariado.org/portal/legalizacion-y-apostilla.