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TEMA: VUELOS.

1. Pregunta: ¿Se puede viajar al Perú desde España en vuelos comerciales?

Sí se puede. El 13 de marzo se publicó el Decreto Supremo N° 046-2021-PCM, mediante el cual se suspende desde el 15 hasta el 28 de marzo, el ingreso al país de extranjeros no residentes de procedencia de Reino Unido, Sudáfrica y/o Brasil, o que hayan realizado escala en dichos lugares en los últimos catorce días calendario. De esta manera, se reanudan los vuelos que partan de Madrid o Barcelona.

Cabe señalar que se mantiene la obligatoriedad de la cuarentena de 14 días para toda persona que ingrese al territorio nacional, sin embargo, ésta podrá finalizar antes si se cuenta con un resultado negativo de la prueba antígena para el descarte de la COVID-19, cuya toma de muestra se realice a partir del ingreso al país; es decir, en el mismo Aeropuerto Internacional Jorge Chávez o Puesto de Control Fronterizo. El costo de la referida prueba será asumido por el pasajero. De ser positivo el resultado, ingresan a aislamiento obligatorio según normativa vigente, el que se realizará en la Villa Panamericana u otro centro de aislamiento temporal en coordinación con la autoridad sanitaria.

2. ¿Cuáles son los requisitos para viajar al Perú?

a) Todos los pasajeros deberán presentar el resultado negativo de una prueba molecular (PCR o antígena) el cual debe haber sido emitido no más de 72 horas antes del embarque.  Para el caso de niños menores de 12 años, sólo se requiere contar con un certificado médico de buena salud. Se acompañan aclaraciones al respecto: PREGUNTAS LAP ACLARACION

b) Utilizar mascarilla y escudo facial durante el vuelo.

c) Cumplimentar y descargar o imprimir la Declaración jurada de salud y autorización de geolocalización del Ministerio de Salud. Es un requisito indispensable presentar el QR de la Declaración jurada de salud para poder embarcarse. Se habilita 72 horas antes de que el vuelo llegue al Perú (considerar diferencia horaria).
Declaración jurada: https://e-notificacion.migraciones.gob.pe/dj-salud/

d) No presentar síntomas de Covid-19.

e) Las personas que llegan al Perú deben cumplir con un aislamiento de 14 días en su domicilio o en un hospedaje. Quienes realicen la cuarentena en un domicilio declarado fuera de la ciudad de Lima, deben desplazarse hacia este dentro de las veinticuatro (24) horas después de su ingreso al país.

Aquellas personas cuyo resultado sea positivo a la llegada, ingresan a aislamiento obligatorio por 14 días calendario en la Villa Panamericana u otro centro de aislamiento temporal en Lima o en las instalaciones que dispongan los Gobiernos Regionales.


3. Pregunta: Me encuentro en el Perú. ¿Puedo viajar desde el Perú a España?

El Perú se encuentra dentro de los países cuyos residentes no pueden viajar a la zona Schengen para viajes no esenciales. Existen excepciones como tener nacionalidad comunitaria, residir en España, tener un visado de larga duración o de estudios. Puede encontrar más información aquí: https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2020-7140.

Los viajeros procedentes del Perú, entre otros países, deberán cumplir una cuarentena obligatoria de 10 días al llegar a España para frenar la propagación de las nuevas variantes de covid-19. Los pasajeros que lleguen a España deberán permanecer en su domicilio o alojamiento, limitando los desplazamientos y el acceso a terceras personas al domicilio o alojamiento a los imprescindibles. El periodo de cuarentena podrá reducirse de 10 a 7 días en caso de que una vez finalizada la cuarentena inicial de una semana, se aporte una RT-PCR negativa u otras pruebas basadas en técnicas moleculares equivalentes o test de antígenos que tengan un rendimiento mínimo igual o superior al 8 de marzo por un período inicial de 14 días, que podrá ser prorrogado.

De tener preguntas sobre un caso en particular, se sugiere contactar al Consulado de España en Lima.

4. Pregunta: Yo no me encuentro en Madrid, Castilla La Mancha ni Extremadura. ¿A qué Consulado debe contacar en caso de dudas?

Si se encuentra en España, debe contactar al Consulado que correspondaa su circunscripción:

Consulado General del Perú en Bilbao: Con circunscripción en las provincias de Vizcaya, Álava, Guipúzcoa, Cantabria, La Rioja y Navarra

Consulado General del Perú en Sevilla: Con circunscripción en Andalucía (excepto Málaga), Ceuta y Melilla.

Consulado General del Perú en Valencia: Con circunscripción en la Comunidad Valenciana y Murcia.

Consulado General del Perú en Barcelona: Con circunscripción en Cataluña y como Jefatura de Servicios, encargado del resto de España (Aragón, Asturias, Castilla y León, Galicia, Málaga, Zaragoza, Canarias y Baleares).


Fecha de Publicación: 18/03/2021