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Poder por Escritura Pública

¿Qué es un Poder por Escritura Pública?

Es un documento mediante el cual se delega facultades de representación a un apoderado para realizar los siguientes trámites: Matrimonios, divorcios, juicios en general, autorización para compra venta de bienes muebles e inmuebles, gestiones bancarias (apertura o cierre de cuentas bancarias), reconocimiento de hijos, rectificación de partidas en la vía judicial, inscripción de títulos de propiedad en los registros públicos, compra venta de auto, reconocimiento de sentencias extranjeras, sucesión intestada.

¿Cuáles son los requisitos? 

  1. Presentación del DNI del o de los otorgantes.
  2. Datos del o de los apoderados (nombre completo, número de DNI).
  3. Aportar los datos necesarios relativos al poder que desea otorgar.
  4. En caso de ser ciudadanos extranjeros, deberán presentar el pasaporte de su país de origen.


Pasos para solicitar un Poder por Escrituras Públicas:


1ero: Debe presentar la solicitud, junto con la minuta (Proyecto de Poder), a través de la Plataforma de Poderes por Escrituras Públicas. Ingrese al sistema a través del siguiente enlace:

 


2do: El Consulado General revisará la solicitud y se pondrá en contacto con usted, por correo electrónico, y le enviará un borrador del poder para la revisión. Usted deberá dar el visto bueno al proyecto de poder.

3ero: Una vez confirmada la recepción, se le informará el precio final y los datos bancarios para que realice un depósito o transferencia a la cuenta del Consulado General. Usted deberá enviar el comprobante de pago, por correo electrónico.

4to: Luego de recibir y verificar el pago, personal del Consulado General se pondrá en contacto con usted para coordinar la cita para la firma del poder. La cita se otorga hasta 15 días desde que se verifica el pago de las tasas consulares.

 

Dudas o consultas, podrá escribir al correo: escrituraspublicas@consulperubarcelona.com.


¿Puedo utilizar algún modelo?

 

En caso no cuenta con una minuta, podrá utilizar uno de los siguientes modelos:​


  1. Modelo de Poder para Compra de Inmueble.
  2. Modelo de Poder para Venta de Inmueble
  3. Modelo de Poder para Administración de Inmueble
  4. Modelo de Poder para Compra de Vehículo
  5. Modelo de Poder para Venta de Vehículo
  6. Modelo de Poder para Matrimonio
  7. Modelo de Poder para Divorcio en la Vía Judicial
  8. Modelo de Poder para Divorcio ante Notario o en Municipalidad
  9. Modelo de Poder para Divorcio Notarial con Conciliación (en caso de tener hijos y/o propiedades)
  10. Modelo de Poder para Inscripción de Propiedad en los Registros Públicos
  11. Modelo de Poder para Sucesión Intestada
  12. Modelo de Poder Amplio y General
  13. Modelo de Poder para Juicios
  14. Modelo de Poder para Reconocimiento de Sentencias de Divorcio (Exequatur)
  15. Modelo de Poder para Constitución de Empresas
  16. Modelo de Revocatoria
  17. Modelo de Apertura de Cuenta.
  18. Modelo de Reconocimiento de hijo y poder especial.
  19. Modelo de Rectificación de Partida
  20. Modelo de Trámite Banco
Además, ¿Qué debo saber?

El día de la cita debe leer muy cuidadosamente el contenido de la Escritura Pública, ya que una vez firmada ésta no podrá ser modificada, ni alterada, ni aclarada, sino por otro instrumento público protocolar del mismo valor.

El poderdante asume la responsabilidad de verificar que los datos consignados tales como nombre, apellidos, estado civil, ocupación, dirección, identificación, son correctos. Cualquier error invalida un documento de escritura pública y toda modificación o rectificación requerirá del otorgamiento de una nueva escritura pública, de acuerdo con el Artículo N° 48 de la Ley del Notariado y 447 del Reglamento Consular del Perú.

En caso de poderes otorgados por empresas, el otorgante debe presentar los documentos habilitantes que los facultan como Representante en original y debidamente legalizados por Notario Público Local.

El poderdante recibirá el Testimonio de la Escritura Pública y el Parte dirigido a los Registros Públicos, éste último con la indicación expresa del nombre de quien se encargará de la inscripción de la escritura pública en cuestión. Dicha indicación deberá ser efectuada mediante solicitud del interviniente.


Costo
El costo referencial de la escritura fluctúa entre 80.00 euros y 110.00 euros, dependiendo del número de páginas que comprenda el Testimonio y de los poderdantes y apoderados adicionales.

El pago se realiza mediante depósito en la cuenta bancaria del Consulado General.  Para más información consultar en Forma de pago.

Entrega: El mismo día del trámite.

¿Puedo otorgar una Escritura Pública ante un notario español?

Sí, también puedo otorgar una escritura ante notario español. En este caso, el notario deberá incluir el siguiente párrafo para que el documento sea válido en los Registros Públicos peruanos:

"Asimismo, de conformidad con lo establecido en la legislación peruana correspondiente, se hace constar que el señor(a)______________, con DNI Nº________, será la persona encargada de presentar y gestionar la inscripción de los partes ante los Registros Públicos correspondientes".

Nota: "Deberá apostillar el poder ante el Colegio de Notarios de su localidad para posteriormente enviarlo al Perú"

 

 

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