Los ciudadanos que deseen renunciar a la nacionalidad peruana pueden hacerlo mediante escritura pública, debiendo el trámite ser realizado personalmente en la Sección Consular de la Embajada del Perú.
Requisitos
- Presencia física del solicitante.
- Entregar su Documento Nacional de Identidad (DNI).
- Entregar el Pasaporte peruano (de mayor de edad).
- Entregar la Libreta Militar (LM), Si no la tuviera por pérdida, el renunciante declarará la misma.
- Haber obtenido otra nacionalidad, debe presentar su Pasaporte o Documento de Identidad Extranjero.
Costo |
60.00 Soles Consulares (*) + Costo por el Testimonio |
(*) Un Sol
Consular aprox. equivale a un Dólar Americano expresado en moneda
local. Para equivalencias en moneda local, ver sección Tarifas Consulares |
Observaciones
- De conformidad con las leyes peruanas vigentes, siendo el derecho a la nacionalidad uno de carácter indisponible y personalísimo, los padres no pueden renunciar a la nacionalidad peruana en nombre de sus hijos menores de edad. Sólo los mayores de edad pueden hacerlo.
- Por mandato de Ley, las Libretas Electorales quedaron sin valor como documento de identidad a partir del 29 de febrero del año 2004.
- Para agilizar su atención y evitar que se desplace hasta Estocolmo si no cumple con los requisitos, se le sugiere tornar contacto previo vía correo electrónico o por teléfono, para que la persona encargada en la Sección Consular pueda coordinar con usted el cumplimiento de todos los requisitos y así poder otorgarle una cita para venir a esta Oficina Consular y realizar el trámite. Recuerde que deberá entregar su pasaporte de mayor de edad, pues no es posible efectuar el presente trámite con un pasaporte de menor de edad.