Pasaporte Biométrico Menores de Edad
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Requisitos
- Presencia del representante legal (uno de los padres, tutor legal o apoderado de uno o ambos padres), quien deberá identificarse con el Documento Nacional de Identidad (DNI) si es peruano, o documento de identidad que oficialmente lo identifique en el país donde se encuentre, si es extranjero.
- El representante legal deberá presentar:
- DNI peruano, original del menor o;
- Si el menor de edad no cuenta con DNI y su nacimiento no fue registrado en la Oficina Consular en la que se está solicitando el pasaporte, deberá presentar una copia certificada del acta de nacimiento peruana del menor de edad, debidamente legalizada por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú.
- Si la solicitud la realiza el tutor legal, además deberá presentar copia del registro de dicho nombramiento en el Registro de Personas Naturales de la Oficina Registral correspondiente de la SUNARP. En caso de haber obtenido la declaración de autoridad extranjera; el pasaporte sólo podrá ser tramitado por la Oficina Consular del Perú en el exterior que cuente con la circunscripción en el territorio donde se haya dictaminado la representación legal del menor.
- Si la solicitud la realiza el apoderado de uno o ambos padres, además deberá presentar un poder fuera de registro (extendido como máximo un (1) año antes de efectuada la solicitud, los poderes fuera de registro con más de un año de extensión no serán aceptados) o por escritura pública, en los que de forma específica el o los poderdantes autorice(n) al apoderado a solicitar el pasaporte para su menor hijo.
- El comprobante de pago de los derechos consulares. El pago puede ser efectuado mediante tarjeta de crédito o débito en la Oficina Consular.
- Presentar el pasaporte anterior. En caso de robo o pérdida, presentar la denuncia policial o declaración jurada firmada ante funcionario consular indicando el número de pasaporte.
Nota:
- La vigencia del pasaporte es en principio de cinco (5) años como máximo.
Costo |
70.00 Soles Consulares (*) |
(*) Un Sol
Consular aprox. equivale a un Dólar Americano expresado en moneda
local. Para equivalencias en moneda local, ver sección Tarifas Consulares |
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