A partir del 29 de enero del 2004 la Libreta Electoral (LE) carece de valor como documento de identificación.
Requisitos para Libreta Electoral de 7 dígitos
- Presencia física del solicitante. Quien deberá suscribir y colocar sus huellas digitales en los formularios proporcionados por la Oficina Consular.
- Copia certificada de la partida de nacimiento, expedida por la Oficina Consular, Municipalidad u Oficina de RENIEC, donde se encuentra registrado el nacimiento del solicitante o copia certificada del Título Peruano Nacido en el Exterior, expedida por la Superintendencia Nacional de Migraciones.
- Dos (2) fotografías actuales de estudio fotográfico tamaño 35 x 45 mm a colores, de frente, con fondo blanco, sin sonreír, sin anteojos ni prendas de cabeza, salvo artículos religiosos (no se aceptan fotos de maquinas automaticas / fotomatón).
- Declaración Jurada de Familia, indicando nombres y apellidos completos de padres y hermanos, además de la identificación de cada uno (Nro. de DNI).
- Declaración Jurada de No Renuncia a la Nacionalidad Peruana.
- Declaración Jurada indicando el motivo por el que no realizó el trámite en su momento (entre los 17 y 20 años de edad). Todas estas Declaraciones las entregamos nosotros durante la cita.
NOTA: Si hubo cambio de estado civil desde la obtención de la Libreta Electoral debe informarse y firmar una Declaración Jurada indicando estado civil, lugar y fecha del acto.
Requisitos para Libreta Electoral de 8 dígitos
- Dos (2) fotografías actuales de estudio fotográfico tamaño 35 x 45 mm a colores, de frente, con fondo blanco, sin anteojos ni prendas de cabeza, salvo artículos religiosos (no se aceptan fotos de maquinas automaticas / fotomatón).
- El trámite es personal y previa cita.
NOTA: Si hubo cambio de estado civil desde la obtención de la Libreta Electoral debe informarse y firmar una Declaración Jurada indicando estado civil, lugar y fecha del acto.
Costo |
7.00 Soles Consulares (*) |
(*) Un Sol
Consular aprox. equivale a un Dólar Americano expresado en moneda
local. Para equivalencias en moneda local, ver sección Tarifas Consulares |