 | | PRECISIONES Y MODIFICACIONES AL DECRETO SUPREMO N°
207-2020- PCM Y SUSPENSIÓN DEL INGRESO AL TERRITORIO NACIONAL DE EXTRANJEROS NO
RESIDENTES PROVENIENTES DE EUROPA Y SUDAFRICA
El Gobierno
dispuso mediante el Decreto Supremo 004-2021-PCM publicado en el diario oficial
“El Peruano” del 15 de enero del 2021, el establecimiento de precisiones y
modificaciones a las medidas implementadas contra la pandemia del COVID-19 contenidas
en el Decreto Supremo 207-2020-PCM.
Asimismo, suspendió
hasta el 31 de enero de este año, el ingreso al territorio nacional de
extranjeros no residentes de procedencia de Europa o Sudáfrica, o que hayan
realizado escala en dichos lugares en los últimos 14 días calendario.
Sobre la cuarentena:
La norma legal
señala que están excluidos de la cuarentena obligatoria de 14 días, establecida
en el Decreto Supremo 207-2020-PCM, los tripulantes de los medios de transporte
aéreo, terrestre, marítimo, fluvial y lacustre; así como las misiones
especiales, políticas, diplomáticas, médicas, policiales, y el personal enviado
por otros Estados u organismos internacionales para prestar ayuda humanitaria o
cooperación internacional.
También se
excluye a las instituciones o empresas que necesiten servicios de trabajadores
extranjeros, las que deben comunicar con 72 horas de anticipación a la
Dirección de Sanidad Internacional la nómina de personas que ingresarán al país
y se harán responsables del monitoreo diario de sintomatología COVID-19 de sus
trabajadores visitantes y comunicarán a la Autoridad de Salud.
Igualmente, las personas que llegan al país
para hacer conexión internacional o doméstica con otro vuelo dentro de las 16
horas de su llegada, y se determina que "no deben salir del área de conexión
del aeropuerto".
También se
señala que los peruanos, extranjeros residentes y extranjeros no residentes
llevarán a cabo la cuarentena en sus domicilios o en hospedajes, previa
coordinación con la autoridad sanitaria. Y agrega que "en caso de que la
cuarentena se realice en un domicilio declarado fuera de la ciudad de Lima,
deben desplazarse hacia este dentro de las 24 horas después de su ingreso al
país, cumpliendo con todas las medidas sanitarias respectivas, ratificando la
información de contacto registrada en la declaración jurada dispuesta por el
Ministerio de Salud, a fin de llevar un mejor seguimiento y control
epidemiológico".
Mientras que
aquellas personas cuyo resultado sea positivo a la llegada a un punto de
entrada, ingresan a aislamiento obligatorio por 14 días calendario, el que se
realizará en la Villa Panamericana u otro centro de aislamiento temporal en la
ciudad de Lima y en las instalaciones que los gobiernos regionales dispongan en
su jurisdicción.
Finalmente, se
indica que la medida podrá finalizar antes de cumplir los referidos 14 días
calendario si se cuenta con un resultado negativo de la prueba molecular para
el descarte del COVID-19, cuya toma de muestra se realice pasados los seis (6)
días calendario desde el ingreso al país, en este caso la autoridad sanitaria
otorga el alta epidemiológica.
El texto de este
dispositivo legal puede ser visto en:
https://busquedas.elperuano.pe/normaslegales/decreto-supremo-que-modifica-disposiciones-establecidas-en-e-decreto-supremo-n-002-2021-pcm-1919609-2/?_ga=2.164842047.1601606798.1610711799-1241188177.1609252520 | Fecha de Publicación:
18/01/2021 |  |  | | Se informa que el 31 de diciembre de 2020, el Gobierno peruano publicó el
Decreto Supremo Nº207-2020-PCM, que dispone lo siguiente:
- Para aquellos viajeros que
ingresen al Perú a partir del 04 de enero de 2021:
La norma establece, a partir del 04 de enero de 2021, la cuarentena
obligatoria por un periodo de catorce (14) días calendario, contados desde el
arribo al territorio peruano, para todos los ciudadanos peruanos, extranjeros
residentes en el Perú y extranjeros visitantes, que ingresen al territorio
nacional por vía de transporte internacional, independientemente del país de
procedencia.
Dicha cuarentena puede ser realizada en su domicilio, en la Villa
Panamericana u otro centro de aislamiento temporal, o en un hospedaje, previa
coordinación con la autoridad sanitaria.
El texto del Decreto Supremo Nº207-2020-PCM puede ser revisado en el
siguiente enlace web:https://busquedas.elperuano.pe/normaslegales/decreto-supremo-que-establece-medidas-sanitarias-para-preven-decreto-supremo-n-207-2020-pcm-1916777-1/
Asimismo, se recuerda que la “Guía Técnica: Protocolo sanitario para la
atención de viajeros de vuelos internacionales comerciales” continúa siendo
aplicable para todos los vuelos desde y hacia el Perú y en ella se establecen
los requisitos que deben cumplir los pasajeros para poder realizar su viaje.
Se puede revisar la citada guía a través del siguiente enlace web: https://www.gob.pe/institucion/minsa/informes-publicaciones/1243625-protocolo-sanitario-para-la-atencion-de-viajeros-de-vuelos-internacionales-comerciales.
Buenos Aires, 1 de enero del 2021.
| Fecha de Publicación:
04/01/2021 |  |  | | El Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú viene homenajeando, con la premiación "Diez Peruanos Residentes en el Exterior", a aquellas peruanas y peruanos que contribuyen de manera destacada con sus acciones a facilitar la integración y el fortalecimiento de las comunidades peruanas en el exterior con el país, como aquellos que sobresalen con sus gestos con acciones de asistencia, ayuda legal y humanitaria a favor de los connacionales de escasos recursos.
En el marco de la pandemia mundial que enfrentamos, este reconocimiento resulta fundamental para destacar el loable esfuerzo desinteresado de nuestros compatriotas, en solidaridad con la población peruana en general y la integración con sus comunidades de acogida.
De esta manera, se invita a la comunidad peruana residente en Argentina a presentar las candidaturas de los connacionales que consideren sean merecedores de esta distinción al correo electrónico: conperbaires@consuladoperubaires.org
Al respecto, las propuestas que se transmitan deben estar debidamente sustentadas y contener la siguiente información: nombre completo del candidato, número de DNI, tiempo de residencia de la persona en el país de acogida, breve descripción de acciones destacadas, correo electrónico y teléfono de contacto del candidato, y nombre de la persona u organización que presenta la propuesta.
En esta coyuntura compleja, algunos aportes sobresalientes a tener en consideración son:
- Profesionales peruanos de la salud que han contribuido desde sus comunidades de residencia en las acciones de atención y contención de la pandemia, ya sea en sus países de acogida o en el Perú.
- Científicos peruanos que hayan participado en sus países de residencia en tratamientos, cuidados clínicos o investigación.
- Apoyo distinguido a las peruanas o peruanos en el exterior, luego del cierre de fronteras nacionales y durante los procesos de repatriación y asistencia, de resiliencia ante las circunstancias sanitarias y económicas.
| Fecha de Publicación:
09/12/2020 |  |  | | Se comunica a la comunidad peruana que el gobierno argentino habilitó de manera excepcional el ingreso transitorio y por razones de necesidad a la Argentina de los extranjeros no residentes que sean parientes directos de ciudadanos argentinos.
La habilitación es para los extranjeros no residentes en la Argentina que no requieran visado, como es el caso de los ciudadanos peruanos, siempre que den cumplimiento a las recomendaciones e instrucciones dispuestas por la autoridad sanitaria de este país y a los requisitos detallados en la Disposición 3763/2020 de la Direccción Nacional de Migraciones, cuyo texto se encuentra en el siguiente enlace electrónico: https://www.boletinoficial.gob.ar/.../pri.../237884/20201130 | Fecha de Publicación:
01/12/2020 |  |  | | Hace exactamente 200 años, un día como hoy pero del año 1820, desde el balcón de una casona virreinal que servía como sede de la Receptoría de la Real Aduana de Lima, frente a la plaza principal del pueblo de Huarua, según una arraiga leyenda, San Martín lanzó una proclama a favor de la independencia. Desde este mismo lugar y con la presencia del presidente de la República, Francisco Sagasti, conmemoramos este momento histórico.
| Fecha de Publicación:
27/11/2020 |  |
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