El Certificado de Supervivencia es el documento a través del cual el
funcionario consular certifica que una persona está viva. Este documento podrá ser utilizado ante
autoridades peruanas para demostrar la supervivencia de una persona residente en el exterior.
Requisitos
- Presencia del interesado.
- DNI peruano original y copia.
Costo |
1.00 euro (*) |
(*) Un sol
consular equivale a un euro. |
Nota
Conforme dispone el artículo 9 del Decreto Legislativo 1246, publicado con fecha 10 de noviembre de 2016 en el diario El Peruano, se elimina "la exigencia del certificado de supervivencia u otras constancias de sobrevivencia en todos los procedimientos o trámites relacionados a las pensiones bajo cualquier régimen, y otras prestaciones económicas a cargo del Estado, así como para el pago periódico de éstas".