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Pasaporte Biométrico Mayores de Edad

El nacional peruano mayor de edad que se encuentre en el extranjero y que no cuente con pasaporte peruano, podrá solicitar su pasaporte electrónico ordinario en cualquier Oficina Consular del Perú en el exterior.

¿Cómo realizar tu trámite de pasaporte?

1) Primero, deberá escribir a la dirección electrónica informacion@consuladoperuamsterdam.com, e indicar su nombre completo y número de DNI, indicando, asimismo, el tipo de trámite que desea realizar (en este caso deberá indicar "Trámite de Pasaporte Biométrico").

2) Posteriormente, el Consulado General del Perú le responderá brindándole una fecha y una hora en la cual se deberá acercar, con su DNI, a las oficinas del Consulado (en Ámsterdam) a fin de tomarle sus datos y la foto respectiva. Asimismo, se le brindará los datos bancarios para realizar el pago de la tasa consular.

Importante:
- Recuerde acercarse, el día de su cita, con su DNI.
- Asimismo, el pago por la tasa consular deberá ser transferido en el mismo mes que se le otorgue su cita en el Consulado.
- No será necesario que traiga una foto para el trámite de obtención de su pasaporte.

Requisitos
  • El Documento Nacional de Identidad (DNI).
  • El comprobante de pago de la tasa consular.
Nota:
  • La vigencia del pasaporte es de cinco (5) años.
  • La entrega del pasaporte es de 90 días, aproximadamente.
Costo
70.00 Euros 

 

Mayores de edad con incapacidad legal

Adicionalmente a los requisitos anteriores, el nacional mayor de edad con incapacidad, deberá presentarse acompañado de su representante legal, quien a su vez deberá:
  • Identificarse con el Documento Nacional de Identidad (DNI) en buen estado, vigente (último emitido) si es peruano, o documento que oficialmente lo identifique en el país donde se encuentre, si es extranjero.
  • Presentar copia del documento mediante el cual se le nombre representante legal del solicitante.

  • En caso de haber obtenido la declaración de curatela por autoridad peruana, se admitirá copia del registro de dicho nombramiento en el Registro de Personas Naturales de la Oficina Registral correspondiente de la SUNARP. Para el caso de lo establecido en la Ley General de la Persona con Discapacidad, deberá presentarse el certificado de discapacidad que acredita la condición de persona con discapacidad. El mismo que es otorgado por todos los hospitales de los Ministerios de Salud, de Defensa y del Interior, así como el Seguro Social de Salud (ESSALUD).

  • En caso de haber obtenido la declaración de autoridad extranjera, el pasaporte sólo podrá ser tramitado por la Oficina Consular del Perú en el exterior que cuente con la circunscripción en el territorio donde se haya dictaminado la representación legal del titular incapaz.

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Central Telefónica:
+31(0) 20-6228580
Emergencias:
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