También conocido como "Carta Poder". Mediante este poder, el otorgante faculta a un tercero a realizar gestiones administrativas a su nombre. Es íntegramente redactado por el otorgante. El Consulado legaliza la firma del otorgante.
Se recomienda consultar previamente con la autoridad en el Perú qué tipo de Poder necesita para el trámite que desea realizar.
Plazo
Tiene una vigencia de tres (3) meses.
Requisitos
- Presentar la carta poder redactada previamente por el otorgante, sin firma del otorgante (la firma será efectuada en presencia del funcionario consular encargado).
- Tratándose de ciudadanos peruanos, deberán presentarse portando su Documento Nacional de Identidad (DNI); y, en el caso de ciudadanos extranjeros, deberán presentarse portando su pasaporte o carnet de extranjería vigentes.
| Costo |
| 20.00 Soles Consulares (*) |
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(*) Un Sol Consular equivale a un Euro
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