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Poder fuera de registro

Mediante esta formalidad del poder se puede facultar a una a persona a realizar sólo gestiones administrativas.  También pueden delegarse facultades para el cobro de ciertos montos de dinero, según lo permita la entidad que efectúa el pago (bancos, AFP, ONP etc.), por ello se recomienda consultar antes de su otorgamiento con la entidad pública o privada donde será presentado.

Plazo
Tiene una vigencia de un (1) año.

​​​Requisitos
  • DNI peruano original y copia.
  • Datos de la persona a la que se otorga poder (nombre completo, número de DNI).
  • Enviar previamente el texto en el que se deberá indicar con exactitud las facultades que desea otorgar a través del poder, así como los datos de la institución donde será presentado el poder (de la que se es pensionista).​


Costo
10.00 euros (*)
(*) Un sol consular equivale a un euro.

 

Nota

  • Se recomienda consultar previamente cola autoridad en el Perú qué tipo de Poder necesita para el trámite que desea realizar.​​
  • Los pensionistas tienen que enviar tanto el poder como un "Certificado de supervivencia" al Perú. El poder se debe renovar anualmente y el certificado de supervivencia cada seis meses. 






Central Telefónica:
+31(0)20-6228580

Emergencias:
+31(0)631945831
Sólo emergencias humanitarias. No se atienden consultas sobre trámites consulares

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