De
conformidad con lo previsto en el artículo 4° de la Ley N° 28859, “Ley que
suprime las restricciones civiles, comerciales, administrativas y judiciales; y
reduce las multas en favor de los ciudadanos omisos al sufragio” (https://bit.ly/3kqoTUh), los ciudadanos que
se encuentren en el Padrón Electoral del exterior (DNI peruano con dirección en
la Comunidad Valenciana o la Región de Murcia) y que no ejerzan su derecho al
voto en las Elecciones Generales del domingo 11 de abril de 2021, NO
están afectos a la multa por omisión al sufragio. Según la referida
norma, los ciudadanos que son elegidos Miembros de Mesa sí están sujetos al
pago de multa por no asistencia o negarse a integrar la mesa de sufragio, o por
negarse al desempeño del cargo de miembro de mesa.
Antes de venir a votar, consulte su número de mesa y de orden en el siguiente enlace: consultaeleccionesgenerales2021
- El voto es presencial.
- Se puede votar con DNI caducado.
- El voto en el exterior es obligatorio, pero NO conlleva multa. Si por algún motivo no puedes asistir a votar, NO se cobrará multa.
- Habrá controles de aforo, control de temperatura al ingreso, disposición de gel hidroalcóholico en distintos lugares del recinto y obligatoriedad en el uso de mascarilla.
- Traer su propio boligrafo.