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Carta poder con firma legalizada

Mediante este poder se puede facultar a una persona a realizar sólo gestiones administrativas, así como para el cobro de sumas mínimas de dinero, lo que deberá consultarse previamente con la autoridad que efectúa el pago (bancos, AFP, ONP etc.). Este documento es íntegramente redactado por el otorgante y posteriormente legalizado en la Oficina Consular.

Requisitos
  • En el caso de ciudadanos peruanos, deberán presentarse portando su Documento Nacional de Identidad (DNI), o en su defecto, el número de su DNI;
  • En el caso de ciudadanos extranjeros, deberán presentarse portando su carné de extranjería, pasaporte o documento de identidad local vigente;
  • Presentar la carta poder redactada previamente por el otorgante, sin firma. El otorgante deberá firmar el poder en presencia del funcionario consular.
Plazo
Tiene una vigencia de tres (3) meses.

Costo
CAD $ 30.00
CAD $ 15.00 (*)

(*) Costo aplicable cuando el poder esté destinado únicamente al cobro de la pensión de jubilación del poderdante.

Modalidad de Pago
  • Tarjeta de débito; o
  • Depósito en efectivo en el banco Scotiabank, con la boleta que le entregará el Consulado General.
 


 

 

 

 

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