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La legalización de una firma es el acto notarial mediante el cual el Funcionario consular otorga fe de que la firma que se encuentra en un Documento publico o privado es autentica. Este tipo de legalización Procede cuando se desea legalizar la firma de un particular, sea éste De nacionalidad peruana o extranjera.

Requisitos:
  1. En el caso de legalización de firma de un particular peruano, el(la) interesado(a) deberá presentar su Documento Nacional de Identidad (DNI) . Si ha caducado, deberá previamente renovar el DNI.

  2. En el caso de legalización de firma de un particular extranjero, éste deberá identificarse con su pasaporte y/o, de ser el caso, el carnet de extranjería.
  3.  
  4. Presentar el documento en original, sin firmar, para recién proceder a la firma de éste en presencia del funcionario consular.
  5. Costo del trámite (ver aqui).
  6. Reserva cita de atención haciendo click AQUÍ​.

Notas:
  • Si alguno de los otorgantes del documento no sabe o no puede firmar, lo hará una persona llevada por él(ella) a su ruego. En este caso, el funcionario consular exigirá, de ser posible, la impresión de la huella digital de aquél (aquella), certificando la firma de la persona y dejando constancia, en su caso, de la impresión de la huella digital.

  • El funcionario consular no asume responsabilidad alguna sobre el contenido del documento, salvo que constituya en sí mismo un acto ilícito o contrario a la moral o a las buenas costumbres.

  • El funcionario consular podrá certificar firmas en documentos redactados en idioma extranjero. En este caso, el otorgante asume la plena responsabilidad del contenido del documento y de los efectos que de él se deriven. Esta certificación no compromete a la autoridad consular respecto al contenido del documento.

  • En caso que el documento presente enmendaduras, el funcionario consular podrá denegar la certificación que se le solicita o expedirla, dejando constancia de la existencia de las mismas.

  • El funcionario consular podrá solicitar cualquier otra prueba documental que considere necesaria, en resguardo de la legalidad y para lo que está facultado.

  • El trámite se realiza el mismo día de presentados todos los documentos.