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Cuando los niños y adolescentes deban salir del Perú al extranjero, ya sea solos o acompañados por uno de los padres o con alguna otra persona, es necesario extender una autorización para el viaje.

1. Presencia del Padre y/o de la Madre que no viajará junto con el menor portando DNI. Si ha caducado, podrá renovar el DNI el mismo día.
a. En caso que los Padre(s) extranjero(s) pasaporte o licencia de conducir (si no es inteligente en el idioma castellano tendrá que venir acompañado con un intérprete). 
b. En caso de ser viudo(a), presentar la Copia Certificada del Acta de Defunción.
c. En el caso de ser Padre o Madre soltero la partida de nacimiento del menor legalizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores (los nacidos en japón solo con la firma del cónsul).
2. Itinerario de viaje de menor Impreso
3. Copia DNI de menor
  • ​En caso que el menor no cuente con DNI, presentar Partida de Nacimiento original legalizada por el RENIEC y por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú.
4. Copia DNI de la persona que viaja con menor.
  • En caso que el menor viaje solo, el nombre de la persona que acompaña al menor al aeropuerto en Perú y el número del DNI.
5. Costo del trámite (ver aquí).
6. Reservar cita de atención haciendo click AQUÍ​.

Nota importante:

  • ​​Si la permanencia en el territorio nacional de las niñas, niños o adolescentes extranjeros con residencia temporal y de los peruanos no residentes es menor a 183 días, no será necesario la presentación del permiso de viaje de menor a su salida de Perú.

Reglamento del Decreto Legislativo N° 1350, Decreto Legislativo de Migraciones 

Anexo - Decreto Supremo Nº 007-2017-IN

CAPITULO IV: Ingreso y Salida de Niñas, Niños y Adolescentes

Artículo 143.- Personas peruanas o extranjeras exceptuadas de presentar autorización para viaje menores de edad

143.1. No será requerida autorización de viaje, en los siguientes casos:

a. Las niñas, niños o adolescentes peruanos o extranjeros que viajen en compañía de ambos padres.

b. Las niñas, niños o adolescentes extranjeros con calidad migratoria Temporal.

c. Las niñas, niños o adolescentes peruanos que residan en el extranjero, debiendo presentar, además, el documento que acredite su residencia en el exterior.

143.2. Si la permanencia en el territorio nacional de las niñas, niños o adolescentes extranjeros con residencia temporal y de los peruanos no residentes, supera los 183 días, le son igualmente aplicables las condiciones dispuestas para menores de edad peruanos o extranjeros residentes.

143.3. En caso de niñas, niños y adolescentes extranjeros con calidad migratoria de residente, que sean hijos de funcionarios diplomáticos, acreditados ante el Estado peruano y que viajen acompañados por uno de sus padres. MIGRACIONES verificará que tengan la calidad migratoria diplomática, oficial, consular vigente.​

  • Este permiso es válido por 90 días contados desde la fecha que lo firmó en el consulado.
  • Este permiso será válido para un sólo viaje.
  • Para usar este permiso en el Perú finalmente deberá de ser legalizado en el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú en Lima. Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú​, dirección Jr. Miro Quesada N° 263 - Pasaje Acuña N° 155, Lima Teléfono:  (51-1) 204-2400 (central telefónica del MRE en Lima-Perú) .
  • Si la madre o padre que se presenta en el Consulado para otorgar el permiso de viaje de menor no entendiera bien el idioma español, deberá venir asistido por intérprete, de quien se requerirá nombre completo y documento de identidad.​

El trámite también podrá realizarlo por correo postal "yubinkyoku".

Requisitos: 

Deberá remitir en un sobre A4 por servicio “Genkin Kakitome” los siguientes documentos:

1. Nota simple de solicitud del trámite con la firma igual al DNI, indicar número de teléfono y correo electrónico.
2. Copia DNI del Padre y/o de la Madre que no viajará junto con el menor portando DNI.
a. En caso que los Padre(s) extranjero(s) copia del pasaporte o licencia de conducir. 
b. En caso de ser viudo(a), Copia Certificada del Acta de Defunción.
c. En el caso de ser Padre o Madre soltero la partida de nacimiento del menor legalizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores (los nacidos en japón solo con la firma del cónsul).
3. Itinerario de viaje de menor 
4. Copia DNI de menor
  • En caso que el menor no cuente con DNI, deberá enviar Partida de Nacimiento original legalizada por el RENIEC y por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú (los nacidos en japón solo con la firma del cónsul).
6. Copia DNI de la persona que viaja con menor
  • ​En caso que el menor viaje solo, el nombre de la persona que acompaña al menor al aeropuerto en Perú y el número del DNI.
7. Costo del trámite: Ver tarifario consular​. Por favor enviar monto exacto.
8. Un (1) sobre de Letter Pack 520 (rojo).

Dirección:

Consulado General del Perú en Tokio 

Sección de Notariales

141-0022 

Tokyo To 

Shinagawa Ku 

Higashi Gotanda 1-13-12 

Ichigo Gotanda Building 6F

Tel: 03-5793-4444 Anexo 5

  • ​El tiempo de espera es de aproximadamente 7 días útiles desde que recibimos en el Consulado.