Convocatoria Elección Consejo de Consulta del Consulado
General del Perú en Tokio 2024-2025
El Consulado General del Perú en Tokio invita a los
miembros de la comunidad en su jurisdicción consular a participar en la
elección del Consejo de Consulta de la Comunidad Peruana residente en las
regiones de Tohoku/Hokkaido, Kanto y las Prefecturas de Niigata en la Región
Hokoriku, y Nagano, Yamanashi y Shizuoka en la Región Chubu para el período 2024-2025,
que se llevará a cabo el sábado 21 de setiembre de 2024.
El Consejo de Consulta constituye un espacio de
diálogo y cooperación entre las Oficinas Consulares y los peruanos residentes
de la correspondiente circunscripción consular, que tiene como objetivos, entre
otros, promover la cultura peruana, fortalecer el vínculo entre los
connacionales, así como fomentar el acercamiento y sensibilización de los
peruanos migrantes en el nuevo contexto social, económico y cultural en que se
encuentran.
Conforme a lo dispuesto en el Reglamento de la Ley de
los Consejos de Consulta de las Comunidades Peruanas en el Exterior, Art. 18
del DS N° 057-2010-RE, en circunscripciones de más de 20 mil connacionales
inscritos en el padrón del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil
(RENIEC), como es el caso de la circunscripción del Consulado General del Perú
en Tokio, el Consejo de Consulta deberá estar compuesto por nueve connacionales
elegidos por la comunidad peruana en votación convocada por el Jefe de la
Oficina Consular.
Las candidaturas para ser miembro del consejo podrán
presentarse entre la fecha de la presente convocatoria, 13 de junio y el 13 de septiembre
de los corrientes.
Los requisitos para postular como candidato son los
siguientes (Art. 19° del Reglamento, D.S. N° 057-2010-RE):
a) Ser peruano.
b) Ser mayor de 18 años al momento de postular.
c) Estar inscrito en el RENIEC con domicilio en la
circunscripción consular.
d) No ser funcionario o empleado de la oficina
consular.
e) No registrar antecedentes policiales ni penales en
el Perú o en el extranjero. Para ello deberá presentar los certificados de no
registrar antecedentes penales o policiales -de no más de 3 meses de
antigüedad- tanto del Perú como de Japón o, en su defecto, una Declaración
Jurada cuyo formato se adjunta a la presente.
f) No haber sido sancionado con pérdida de la
condición de miembro de algún Consejo de Consulta. Ello deberá manifestarse a
través de una Declaración Jurada.
La presentación de candidaturas deberá hacerse
mediante comunicación escrita dirigida a la Cónsul General, en la cual los
interesados informen de su voluntad de postular para ser miembros del Consejo
de Consulta, manifestando que cumplen con los requisitos arriba señalados. Cada candidato deberá absolver,
firmar y remitir también la declaración jurada publicada en el portal oficial
de esta oficina consular. Las
comunicaciones pueden ser enviadas a la dirección postal del Consulado, vía fax
al 03-5793-4446 o por correo electrónico a la dirección: informacion@conpertokio.org.
DECLARACIÓN JURADA 2024 (Art. 19º del DS Nº 057-2010-RE).pdf
Debe tomarse en cuenta que, de acuerdo con lo
dispuesto en el Reglamento aplicable (Art. 14), el mínimo de votantes necesario
para validar las elecciones del Consejo de Consulta es el 3% de los inscritos
en RENIEC correspondiente a cada circunscripción consular. Asimismo, se
recuerda que el Consejo de Consulta no constituye un órgano del estado peruano
ni del Consulado General y no conlleva la representación de éstos. Sus miembros
deben abstenerse de realizar actos políticos, proselitistas o que afecten la
imagen del Perú.
CRONOGRAMA DEL PROCESO DE ELECCIÓN 2024-2025
- 13 de junio: Publicación de la convocatoria.- Del 13 de junio al 13 de septiembre: Presentación de candidaturas.- Del 16 al 20 de setiembre: Publicación de la lista de candidatos.
- 21 de septiembre:
8:30 am Sorteo
para conformar el Comité Electoral
9:00 am Instalación
del Comité Electoral: validación y registro de candidaturas
9:30 am Inicio
de la elección del Consejo de Consulta
16:30 pm Cierre de la
votación y verificación de participación / escrutinio
17:00 pm Proclamación
de los resultados y firma del acta
Dirección:
〒 141-0022
Tokio To Shinagawa Ku Higashi Gotanda 1-13-12 COI Gotanda Bldg. 6F
Para tener el derecho a voto, se requiere:
a) Ser peruano.
b) Ser mayor de 18 años al momento de elegir.
c) Estar inscrito en el RENIEC con domicilio en la
circunscripción consular, para lo cual deberá Identificarse
con el documento nacional de identidad (DNI).
Marco legal aplicable:
- Ley de los Consejos de Consulta de las Comunidades
Peruanas en el Exterior (Ley N° 29495)
- Reglamento de la Ley de los Consejos de Consulta (DS
N° 057-2010-RE).
- Art. 11 del reglamento aplicable: “Los fines,
estructura y actividades del Consejo se regirán por el presente Reglamento. No
tiene fines de lucro y está orientado a la auto sustentación para actividades
que permitan cumplir los fines, objetivos y funciones del Consejo. Cuenta con
autonomía e independencia en el marco de los dispuesto por el presente
Reglamento y no tiene carácter fiscalizador de la Oficina Consular”.