Consulado
General del Perú en Tokio
Convocatoria
Elección Consejo de Consulta del Consulado General del Perú en Tokio 2019-2020
El
Consulado General del Perú en Tokio invita a los miembros de la comunidad
en su jurisdicción consular a participar en la elección del Consejo
de Consulta de la Comunidad Peruana residente en las regiones de
Tohoku/Hokkaido, Kanto y las Prefecturas de Niigata en la Región Hokoriku, y
Nagano, Yamanashi y Shizuoka en la Región Chubu para el período 2019-2020.
El
Consejo de Consulta constituye un espacio de diálogo y cooperación entre las
Oficinas Consulares y los peruanos residentes de la correspondiente
circunscripción consular, que tiene como objetivos, entre otros, promover la
cultura peruana, fortalecer el vínculo entre los connacionales, así como
fomentar el acercamiento y sensibilización de los peruanos migrantes en el
nuevo contexto social, económico y cultural en que se encuentran.
El
Consejo no constituye un órgano del Estado peruano ni de la Oficina Consular
correspondiente. Tampoco conlleva la representación oficial de éstos para
actuar ante las autoridades locales o terceros ni efectuar gestiones en su
nombre, ni conlleva facultad alguna de fiscalización de la Oficina Consular. No
está facultado a utilizar sellos y/o escudo peruanos, el pabellón nacional ni
la denominación de los ministerios u otros organismos públicos de conformidad
con el DS N”003-2008-PCM.
Asimismo,
el Consejo se abstendrá de realizar actividades de cualquier índole distintas a
las señaladas en la Ley y Reglamento de los Consejos de Consulta. No tiene y no
puede tener, bajo ninguna circunstancia, fines de lucro y debe ser
autosuficiente en lo financiero para la realización de sus actividades. Sus
miembros son responsables administrativa, civil y penalmente, a título
individual, por los actos que realicen como tales. Su participación no genera
vínculo laboral con el Estado peruano o la Oficina Consular ni le otorga
derecho a financiación alguna por parte del Estado peruano.
En
circunscripciones de más de 20 mil connacionales inscritos en el padrón del
Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC), como es el caso de
la circunscripción del Consulado General del Perú en Tokio, el Consejo de
Consulta deberá estar compuesto por nueve connacionales elegidos por la
comunidad peruana en votación convocada por el Jefe de la Oficina Consular. En
ese sentido, para proceder a la elección, deben presentarse un mínimo de nueve
candidatos.
En
cumplimiento a lo dispuesto en el Reglamento de la Ley de los Consejos de
Consulta de las Comunidades Peruanas en el Exterior, DS N° 057-2010-RE, el
mínimo de votantes para validar las elecciones es el 3% de los inscritos en
RENIEC correspondiente a cada circunscripción consular.
Por
lo tanto, el Cónsul General del Perú en Tokio tiene el agrado de convocar
a las elecciones 2019 del Consejo de Consulta, según detalle a continuación:
Cronograma
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08 de julio de 2019:
Publicación
de la Convocatoria.
-
Del 08 de julio al 07
de setiembre de 2019:
Presentación
de candidaturas para ser miembros del Consejo. Los connacionales residentes en
el exterior interesados en presentar su candidatura para ser miembros del
Consejo de Consulta de su jurisdicción, deberán comunicar sobre dicha voluntad
mediante comunicación escrita dirigida al Jefe de la Oficina Consular,
manifestando que cumplen con los requisitos para postular como candidatos al
Consejo, conforme al artículo 19º del Reglamento, D.S Nº 057-2010-RE.
Los
requisitos para postular como candidato al Consejo son:
a)
Ser peruano.
b)
Ser mayor de 18 años al momento de
postular.
c)
Estar inscrito en el RENIEC con
domicilio en la circunscripción
consular. Para ello deberá presentar su DNI
original con la dirección actual de su domicilio en el exterior.
d)
No ser funcionario o empleado de la
oficina consular.
e)
No registrar antecedentes policiales ni
penales en el Perú o en el extranjero. Para ello deberá presentar los certificados
de no registrar antecedentes penales o policiales -de no más de 3 meses de
antigüedad- tanto del Perú como de Japón, o en su defecto de ellos la
presentación de una Declaración Jurada.
f)
No haber sido sancionado con pérdida de
la condición de miembro de algún Consejo de Consulta. Ello deberá manifestarse
a través de una Declaración Jurada.
Asimismo, en la
citada comunicación, los connacionales interesados podrán solicitar que se
difunda en el local de la Oficina Consular su candidatura, permitiendo que se
coloque información sobre esta, en una vitrina o panel dirigido al público que
visita dicha Oficina Consular, la misma que no deberá exceder las dimensiones
de una hoja A-4.
-
Del 02 al 06 de setiembre de
2019:
Publicación
de la lista de candidatos, conforme se vayan recibiendo.
-
07 de setiembre de 2019:
Elección
del Consejo de Consulta en el local del Consulado General del Perú en Tokio.
Dirección:
T 141-0022 Tokio To
Shinagawa Ku Higashi Gotanda 1-13-12 COI Gotanda Bldg. 6F. (frente
a la estación Gotanda).
Programa:
08:30hrs.: Apertura del proceso
electoral y sorteo para conformar el Comité Electoral.
09:00hrs.: Instalación del Comité
Electoral (3 ciudadanos peruanos como mínimo) y Registro de Candidaturas. Las
personas que integren el Comité Electoral no podrán postular a ser miembros del
Consejo de Consulta.
09:30 horas.: Inicio de la votación.
Para
tener el derecho a voto, se requiere:
a)
Ser peruano.
b)
Ser mayor de 18 años al momento de
elegir.
c)
Estar inscrito en el RENIEC con
domicilio en la circunscripción consular. Para ello deberá obligatoriamente
presentar su DNI original, en el que conste que el domicilio se
encuentra dentro de la jurisdicción consular.
16:30 horas.: Cierre de la votación y conteo
de votos para verificar el número mínimo/escrutinio.
17:00 horas.: Proclamación de los
resultados y firma del acta.
Marco
legal vigente:
Ley
de los Consejos de Consulta de las Comunidades Peruanas en el Exterior (Ley N° 29495)
Modifican
Disposición Transitoria de Reglamento de Ley de los Consejos de Consulta de las
Comunidades Peruanas en el Exterior (DS. N” 027-2012-RE).
Tokio, 08 de julio de 2019