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Poderes

El Poder es el documento jurídico a través del cual una persona otorga determinadas facultades a otra, para que ésta actúe en su representación y pueda realizar ciertos actos.

Existen tres tipos de poderes: (1) Carta Poder simple con firma legalizada, (2) Poder Fuera de Registro, (3) Poder por Escritura Pública. Las modalidades varían según el tipo de autorización que el poderdante quiera otorgar, la vigencia del documento y la cuantía de los actos de disposición.

En el caso de facultades para operaciones monetarias, los poderes permiten al apoderado realizar transacciones de dinero de acuerdo a los siguientes rangos:
  • Carta poder: hasta ½ UIT .
  • Poder fuera de registro: más de ½ UIT y hasta 3 UIT 
  • Poder por Escritura Pública: más de 3 UIT .
    *UIT = Unidad Impositiva Tributaria. Para el año 2024, fue establecida en 5,150 nuevos soles.


Se hace notar que algunas entidades financieras (bancos, cajas municipales, AFP) tienen como requisito para cierto tipo de trámite o transacción la presentación de un tipo de poder específico, por lo que se recomienda confirmar con la institución que tipo de poder necesita antes de realizar el trámite ante el Consulado.

El documento formalizado en el Consulado será enviado (en físico) por el propio usuario a su destinatario en el Perú, quien deberá legalizarlo en el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú (Legalización de firma consular), antes de su presentación a las entidades correspondientes. 

 

Consulte aquí cada tipo de poder:













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