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Legalización de firma de particulares

La legalización de firma de particulares es efectuada por un funcionario consular, quien a pedido del solicitante, legaliza la firma consignada en su presencia sobre un documento privado (Ejemplo. Declaraciones Juradas).

Requisitos
  • Presentar el documento redactado previamente por el solicitante, sin firma (la firma será efectuada en presencia del funcionario consular encargado).
  • Tratándose de ciudadanos peruanos, deberán presentarse portando su Documento Nacional de Identidad (DNI) vigente; y, en el caso de ciudadanos extranjeros, deberán presentarse portando su pasaporte o carnet de extranjería vigentes.

Costo
25 Euros a ingresar en la siguiente cuenta (traer recibo):
 ​N° de Cuenta:
BANKINTER: ES14-0128-0701-1801-6000-0275​
 
También se puede pagar en efectivo o con tarjeta en el mismo Consulado.

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Central Telefónica:
+34 954232819 (Atención telefónica de 13:00 a 15:00 horas)
Emergencias:
(no son citas ni información de trámites) :+34 699544895
Fax:
Correo Electrónico:
consulado@consuladoperusevilla.es
Horario de Atención:
Lunes-Viernes, 08:00-13:30hrs.