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Poder Fuera de Registro

Poder Fuera de Registro
Mediante esta formalidad del poder se pu​ede facultar a una a persona a realizar sólo gestiones administrativas. También pueden delegarse facultades para el cobro de ciertos montos de dinero hasta 3 UIT- (1 UIT =5,150 soles) o, según lo permita la entidad que efectúa el pago (bancos, AFP, ONP etc.), por ello se recomienda consultar antes de su otorgamiento con la entidad pública o privada donde será presentado.

Plazo
Tiene una vigencia de un (01) año

Requisitos
  • Tratándose de ciudadanos peruanos, deberán presentarse portando su Documento Nacional de Identidad (DNI); y, en el caso de ciudadanos extranjeros, deberán presentarse portando su pasaporte o carnet de extranjería vigentes.
  • Señalar los nombres, apellidos y número de documento de identidad de la persona a favor de quien se extiende el poder.
  • Describir o detallar las facultades que desea otorgar a través del poder, con indicación de la entidad o entidades donde será presentado el poder.


Costo
25 Euros (25 Soles Con​sulares)
10 Euros (10 Soles Consulares)
* Únicamente para cobro de pensiones de jubilación
(*) Un Sol Consular equivale a 1 ​Euro. El pago se realiza en efectivo en las oficinas de este Consulado General o mediante transferencia bancaria. (1) Valor UIT 2022 = 4,600 soles.

N° de Cuenta: BANKINTER: ES14-0128-0701-1801-6000-0275​

Nota
Para efectuar el poder fuera de registro para cobro de PENSIONES es imprescindible aportar el número de cuenta de Teleahorro del Poderdante.


















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Central Telefónica:
+34 954232819 (Atención telefónica de 13:00 a 15:00 horas)
Emergencias:
(no son citas ni información de trámites) :+34 699544895
Fax:
Correo Electrónico:
consulado@consuladoperusevilla.es
Horario de Atención:
Lunes-Viernes, 08:00-13:30hrs.