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Inscripción de Nacimiento

Inscripción de Nacimiento de Menor de Edad (hasta 18 años)
Los hijos de padre o madre peruano nacidos en el exterior tienen derecho a obtener la nacionalidad peruana.

Si además de la nacionalidad peruana al menor le correspondiera la nacionalidad de otro país por ser hijo de padre o madre extranjera, gozará de doble nacionalidad ya que en el Perú no tiene que decidirse por solo una de ellas, por ser un derecho adquirido por nacimiento.

La inscripción de un nacimiento debe hacerse en el consulado que le corresponde a su jurisdicción. El Consulado General del Perú en Sevilla inscribe únicamente los nacimientos ocurridos en las provincias de Sevilla, Almería, Cádiz, Córdoba, Granada, Huelva, Jaén y las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla.  Los nacidos en la provincia de Málaga, deberán inscribirse en el Registro Civil del  Consulado Honorario del Perú en Fuengirola.
Para obtener la cita deberá presentar toda la documentación completa, correcta y vigente.

Requisitos
  • Llenar el formulario de solicitud en su totalidad (​Descarga Formulario para Inscripción de Nacimientos)
  • Certificado literal de nacimiento española, con una antigüedad no mayor a 3 meses (original se quedará en el Consulado).
  • DNI peruano y pasaportes de los padres, vigentes y con el estado civil actualizado y 1 fotocopia. En caso sea extranjero, aportar DNI extranjero, pasaporte o carné de extranjería.
  • El día de la inscripción estarán presentes el menor y los solicitantes (padre y madre) para firmar el Acta de Nacimiento.
ESTE TRÁMITE SE SOLICITA CON CITA PREVIA EN LÍNEA

Costo
Costo de la Inscripción y primera copia: GRATIS
Costo de copia adicional: 6,00 Euros (6,00 Soles Consulares)

N° de Cuenta:
BANKINTER:ES14-0128-0701-1801-6000-0275​


También puede pagar en efectivo en el mismo Consulado, portando la cantidad exacta.
Inscripción de Nacimiento de Hijos de Peruanos Mayores de Edad Nacidos en el Exterior (18 años en adelante)
  • Solicitud-inscripcion-declarantes.docxSolicitud de inscripción suscrita por los declarantes.
  • Declaración Jurada de no inscripción en otra Oficina Consular o en el Perú.
  • Partida de Nacimiento del titular, emitida por la autoridad local competente y su traducción al castellano.
  • Documento que acredite que el padre o la madre es “peruano por nacimiento” por haber:
    • Nacido en el Perú, con su Partida de Nacimiento del Registro Civil o DNI donde figure su lugar de nacimiento en el Perú; ó,
    • Nacido en el exterior, hijo de “padre o madre peruano por nacimiento”, inscrito en el Registro del Estado Civil, Sección Nacimientos (Partida de Nacimiento) o en el Registro de Peruanos Nacidos en el Extranjero (Título de PNE).
  • Documento de identidad de los padres y declarantes. En el caso de peruanos, de ser posible, deberán identificarse con DNI.
  • Declaración Jurada que precise que se trata de la inscripción de un hijo de “peruano por nacimiento” de no más de tercera generación.
Los declarantes pueden ser:
  • Ambos padres.
  • Cualquiera de los dos padres, al margen de su nacionalidad.
  • Titular (el mayor de edad que ha nacido en el exterior, hijo de peruano).
  • En caso de imposibilidad comprobada del titular podrán solicitar la inscripción las siguientes personas:
    • El curador.
    • El apoderado con carta poder Apostillada o Legalizada por una Oficina Consular peruana.
  • En caso de muerte del titular:
    • El o la cónyuge.
    • Los hijos o quien los represente si son menores de edad.
ESTE TRÁMITE SE SOLICITA CON CITA PREVIA EN LÍNEA

Notas
  1. Cabe indicar que el registro no conlleva “reconocimiento de paternidad o maternidad” para efectos civiles, salvo que sea hijo matrimonial o el acta este firmada por ambos padres.
  2. Cuando se trata de hijos de padres que renunciaron a su nacionalidad peruana, además de los requisitos anotados, se debe demostrar que la fecha de la Escritura Pública de renuncia ante autoridad peruana (efectuada ante la Superintendencia Nacional de Migraciones o ante la Oficina Consular) fue posterior al nacimiento de la persona que se pretende inscribir.
  3. En el caso de extranjeros adoptados en el exterior por nacionales peruanos, no corresponde su inscripción en el Registro Civil, Sección Nacimientos, que se lleva en las Oficinas Consulares.
  4. En el caso de nietos de “peruanos por nacimiento”, para el ejercicio del derecho a la nacionalidad peruana, se debe inscribir primero al padre o madre como hijo de “peruano por nacimiento”.
  5. Aquellos hijos de peruanos que hayan nacido fuera de la circunscripción consular y no hayan sido inscritos durante su minoría de edad, deberán solicitar la inscripción de su nacimiento en el Consulado que corresponda: Ej. Si nació en Madrid, solicitar inscripción en el Consulado General del Perú en Madrid. Si nació en Caracas, solicitar inscripción en el Consulado General del Perú en Caracas. Si nació en Orlando, solicitar la inscripción en el Consulado General del Perú en Miami.
Costo
Costo de la Inscripción y primera copia: GRATIS
Costo de copia adicional: 6,00 Euros (6,00 Soles Consulares)

N° de Cuenta:
BANKINTER:ES14-0128-0701-1801-6000-0275​

También puede pagar en efectivo en el mismo Consulado, portando la cantidad exacta.














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