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Expedición de Visa de Religioso

Para la calidad migratoria de religioso (a) se podrá otorgar visa temporal o de residente. El plazo de permanencia para los religiosos extranjeros admitidos con "visa temporal" ordinaria es hasta 90 días, prorrogables hasta un año. Se solicita en la Dirección General de Migraciones del Ministerio del Interior del Perú en Lima y cuando esté autorizado se lo comunica a la Cancillería peruana, quien a su vez lo hace llegar a este consulado. Una vez recibida la autorización, el (la) religioso(a) debe acercarse al Consulado, a retirar el visado.

Requisitos
  • Nº de Cable de autorización de la visa expedido por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú.
  • Documento de Identidad original y una fotocopia.
  • Pasaporte vigente original con hojas al menos 03 hojas en blanco. Se recomienda que el pasaporte tenga al menos 6 meses de vigencia.
  • 2 fotos tamaño pasaporte, fondo blanco.
  • CERTIFICADO DE ANTECEDENTES PENALES EN ESPAÑA, expedido por la Gerencia Territorial del Ministerio de Justicia de la Comunidad Autónoma (Sevilla, Málaga o Granada) o en cualquier Registro.
  • Llenar formulario de solicitud de visa (Descarga Formulario para solicitar un visado).
Costo
GRATIS

 

 

 

 

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