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Expedición de Visa de Turista

La visa de turista está destinada a aquellas personas que ingresan al país, sin ánimo de residencia, y con el propósito de realizar visitas turísticas o actividades recreativas o similares. En consecuencia, están impedidos de realizar actividades remuneradas o lucrativas.

CIUDADANOS ESPAÑOLES y CIUDADANOS ESPACIO SCHENGEN

Los ciudadanos españoles podrán ingresar al Perú sin necesidad de visado de turismo. Para tal efecto, deberán portar su pasaporte en vigor y el billete de salida al Perú. El pasaporte deberá contar con una vigencia mínima de seis (06) meses desde que se ingresa a territorio peruano. De lo contrario, el oficial de control migratorio podría denegar su ingreso.

La autoridad migratoria indicará en el pasaporte, al momento de ingresar al Perú, el tiempo de permanencia autorizado en calidad de turista. Las prórrogas de ese plazo se solicitan ante la Superintendencia Nacional de Migraciones en el Perú (www.migraciones.gob.pe),antes de terminar el periodo de estancia autorizado.

El plazo máximo de permanencia en el Perú es de 90 días, y se puede prorrogar hasta 183 días.

CIUDADANOS NO ESPAÑOLES CON RESIDENCIA HABITUAL EN ESPAÑA
Los ciudadanos de otras nacionalidades deberán consultar el "LISTADO DE PAÍSES QUE REQUIEREN VISADO PARA INGRESAR AL PERÚ" Si requieren de visado, este solo podrá ser otorgado en las Oficinas Consulares peruanas en su país de origen o de residencia.

Requisitos
  • Absolver el Formulario de Solicitud de Visas
    Descarga Formulario para solicitar un visado

  • Carné de residencia.

  • Pasaporte en vigor, con al menos 03 hojas/folios en blanco. De acuerdo a las leyes migratorias peruanas, el pasaporte
    deberá tener una vigencia mínima de seis (06) meses al momento que el ciudadano extranjero ingresa al Perú
    . De lo contrario, la autoridad migratoria peruana podría denegar su ingreso.

  • Pasaje ida y vuelta al Perú (boleto electrónico o reserva).

  • Acreditar solvencia económica que guarde proporción con el tiempo que solicite para permanecer en el país (copia de contrato de trabajo vigente, extracto de la cuenta de ahorros de los últimos tres meses y/o tarjetas de crédito internacionales vigentes)

  • Acreditar los días de estancia (reserva de hotel y/o paquete turístico o carta de invitación debidamente legalizada ante Notario Público peruano y apostillada en el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú).

  • Entrevista personal con el Cónsul peruano (posterior a la entrega de todos los requisitos descritos en las ventanillas consulares y previa cita, o luego de enviar la documentación completa al correo electrónico: consulado@consuladoperusevilla.es).

  • 02 fotografías tamaño pasaporte.

  • Certificado de Antecedentes Penales en España, expedido por la Gerencia Territorial del Ministerio de Justicia de la Comunidad Autónoma (Sevilla, Málaga o Granada) o en cualquier registro andaluz.
Costo
30.00 EUROS (30 SOLES CONSULARES)

El plazo de permanencia en el Perú con una visa de turista es de hasta 183 días improrrogables durante el plazo de vigencia de la visa, que es 12 meses a partir de su fecha de emisión.

La autoridad migratoria indicará en el pasaporte vigente, al ​momento de ingresar al Perú, el tiempo de permanencia autorizado en calidad de turista. Las prórrogas de ese plazo se solicitan ante la Superintendencia Nacional de Migraciones en el Perú (www.migraciones.gob.pe), antes de terminar el periodo de estancia autorizado.

Observaciones
  • La presentación de la solicitud de visa, y la documentación requerida no garantiza el otorgamiento automático de una visa. Cada solicitud es individualmente evaluada por el Cónsul peruano.
  • Durante la tramitación de la solicitud, puede requerirse la presentación de requisitos adicionales.
N° de Cuenta:
BANKINTER: ES14-0128-0701-1801-6000-0275


























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